III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-3590)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Autoridad Portuaria de A Coruña, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de A Coruña, para el desarrollo de la iniciativa "Conecta Coruña", dentro del Plan Nacional de Territorios Inteligentes de la Agenda Digital para España "Pilotos de Edificios Inteligentes".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 24 de febrero de 2024

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existente, sin que suponga un aumento de la necesidad de recurso (espacio, suministro
eléctrico, etc.).
– La retirada de los embalajes y restos de material sobrante.
– La verificación de la instalación y montajes efectuados mediante la realización de
las pruebas necesarias para asegurar la correcta ejecución de los trabajos.
– Las pruebas de puesta en marcha se realizarán en coordinación con los
responsables de los edificios del Puerto de A Coruña objeto del presente convenio
(anexo I), y en los horarios acordados, con el fin de minimizar el posible impacto de estas
en su operativa, así como en los servicios que las instalaciones prestan.
b.4) Para la realización de la Iniciativa Conecta Coruña, el Ayuntamiento de A
Coruña soportará en los términos establecidos en el proyecto y durante el periodo de
vigencia del convenio, sin carácter exhaustivo, las siguientes tareas:
– Las labores de mantenimiento preventivo y correctivo necesarias que permitan que
los equipos estén disponibles durante el período de vigencia del convenio.
– Realizar las modificaciones de hardware o software necesarias para realizar la
integración con la plataforma de la ciudad de los dispositivos y nodo IoT.
b.5) Facilitar a la Autoridad Portuaria el acceso a la información generada o
recabada por el Ayuntamiento, que pudiera ser de relevancia para el funcionamiento de
los edificios del Puerto de A Coruña objeto de este convenio (contenidos en el anexo I) y,
por tanto, para la mejora de sus servicios y su integración con la ciudad.
b.6) Proporcionar las comunicaciones necesarias entre los dispositivos/sensores
con el nodo IoT así como entre el nodo IoT y la Plataforma Ciudad.
b.7) Facilitar los datos necesarios, al objeto de medir los resultados, con la
periodicidad que se establezca en la Comisión de Seguimiento.
b.8) Facilitar el acceso al nodo IoT o plataforma de ciudad a la Autoridad Portuaria,
de forma que pueda disponer de la información de los sensores en tiempo real.
b.9) Facilitar el intercambio de información de la plataforma ciudad a los edificios de
los datos ya tratados que se obtengan de los nodos IoT de la instalación.
b.10) Cumplirá y hará cumplir las instrucciones necesarias para la debida
observancia de las normas de seguridad, así como para el cumplimiento de la normativa
interna de la Autoridad Portuaria, para los trabajos a realizar dentro de los edificios.
b.11) Los Casos de Usos que se implanten deberán estar disponibles 24 horas al
día durante 365 días al año.
Obligaciones por parte de la Autoridad Portuaria de A Coruña.

c.1) Antes del inicio de cualquier instalación, facilitar el acceso al edificio y la
información documental de que se disponga, para que el adjudicatario del proyecto
pueda evaluar la potencialidad de los servicios inteligentes a desplegar y así elaborar un
documento de instalación y configuración.
c.2) Facilitar los espacios de los edificios para la instalación de los dispositivos
acordados por las partes, así como los suministros (electricidad) y servicios necesarios
de la infraestructura física en los edificios del Puerto de A Coruña objeto de este
convenio (anexo I), para la realización de la puesta en funcionamiento de la iniciativa
«Conecta Coruña».
c.3) Facilitar la información propia de la Autoridad Portuaria correspondiente a la
gestión de los edificios que se disponga para el desarrollo de los Casos de Uso previstos
(según lo indicado en el anexo I).
c.4) Utilizar los datos recabados para mejorar la experiencia de los ciudadanos,
visitantes, trabajadores y usuarios de los edificios objeto del presente convenio (anexo I).
c.5) Como norma general, los trabajos se realizarán de lunes a viernes, excepto
festivos nacionales y de la Comunidad Autónoma de Galicia, dentro de la franja horaria
de 8:00 a 20:00 horas, para lo que se deberá facilitar el acceso al edificio y sus
instalaciones. Cuando en circunstancias excepcionales, a criterio de Red.es o cuando la

cve: BOE-A-2024-3590
Verificable en https://www.boe.es

c)