I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Formación profesional. (BOE-A-2024-3537)
Real Decreto 143/2024, de 6 de febrero, por el que se establece el Curso de especialización de Formación Profesional de Grado Superior en Posicionamiento en buscadores (SEO/SEM) y comunicación en redes sociales y se fijan los aspectos básicos del currículo, y se modifican el Real Decreto 546/2023, de 27 de junio, y el Real Decreto 569/2023, de 4 de julio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49

Sábado 24 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 22314

d) Se han definido los objetivos generales de las acciones de marketing digital y los
específicos de las estrategias de posicionamiento en buscadores y comunicación en
redes sociales.
e) Se han definido las estrategias de marketing digital del posicionamiento en
buscadores y la comunicación en redes sociales de la marca.
f) Se ha elaborado el calendario de acciones de marketing digital generales y
específicas del posicionamiento en buscadores y comunicación en redes sociales de la
marca, incluyendo acciones de contingencia ante la eventual desviación con respecto a
los objetivos establecidos.
g) Se ha establecido el presupuesto necesario para la ejecución del plan
estratégico, adecuando la inversión a los objetivos establecidos y a los recursos
económicos y humanos de la organización.
h) Se han seleccionado los indicadores clave de rendimiento (Key Performance
Indicators - KPI) de las acciones de marketing digital generales y específicas del
posicionamiento en buscadores y comunicación en redes sociales de la marca.
3. Selecciona herramientas específicas de analítica digital para monitorizar
acciones de posicionamiento en buscadores y comunicación en redes sociales,
colaborando con las áreas y/o proveedores responsables de su despliegue técnico.
Criterios de evaluación:
a) Se han identificado audiencias digitales de la organización, especificando el
origen del tráfico online.
b) Se han reconocido las tecnologías web involucradas en el estudio de audiencias
y el seguimiento de campañas de marketing digital.
c) Se han identificado las tecnologías web involucradas en el estudio de audiencias
en el contexto de su aparición y relacionándolas con las herramientas específicas que
las emplean.
d) Se ha participado en la determinación de herramientas de analítica necesarias
para la medición de audiencias y el seguimiento de campañas digitales, considerando su
integración e interoperabilidad, colaborando con las áreas organizativas y/o proveedores
externos implicados.
e) Se ha realizado la prospección comercial de herramientas de analítica digital
previamente determinadas, considerando seleccionando las más adecuadas a las
necesidades de la organización.
f) Se ha delegado el despliegue técnico de herramientas específicas de analítica
digital al área organizativa o proveedor externo correspondiente.
4. Implanta herramientas específicas de analítica digital para monitorizar audiencias
y campañas digitales, colaborando con las áreas y/o proveedores responsables de su
despliegue técnico.

a) Se ha participado en el proceso de implementación técnica de herramientas de
analítica digital previamente seleccionadas, colaborando con las áreas organizativas y/o
proveedores externos correspondientes.
b) Se ha verificado que las herramientas de analítica digital capturan y muestran los
datos de audiencias y campañas digitales correctamente, aplicando métodos de
auditoría técnica.
c) Se han elaborado guías de implementación de analítica en los activos digitales
de la organización.
d) Se ha ejecutado o delegado la realización de la auditoría legal de adaptación a la
normativa aplicable al área/proveedor externo correspondiente.

cve: BOE-A-2024-3537
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Criterios de evaluación: