III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-3496)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Generalitat Valenciana y la Universitat Jaume I de Castelló de la Plana, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 23 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 22007

Por otro lado, la Universitat Jaume I se compromete a que la persona o personas que
ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de los siguientes
derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universitat Jaume I que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y la Comunitat Valenciana estará
siempre supeditada a las necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se
realicen las prácticas externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad,
en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en
su caso extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universitat Jaume I o concesión de indemnización o
compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes y al
Consejo General del Poder Judicial mediante la cesión de aulas, otorgando autorización
de uso de las aulas de carácter gratuito, dentro de los espacios gestionados por la
Universidad y dependiendo de sus necesidades docentes, con la excepción de los
gastos extraordinarios en los que se pudiera incurrir, tales como gastos de seguridad,
portería, limpieza, líneas de voz y datos, iluminación o vigilancia, con ocasión de la
celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o
acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia y de acceso a
las carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Segunda.

Condiciones y requisitos generales de las prácticas.

a) Prácticas curriculares: son las prácticas que tienen su origen en los diversos
planes de estudios, que son obligatorias para obtener la titulación requerida.
b) Prácticas extracurriculares: son aquellas que los estudiantes realizan con
carácter voluntario, durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos
fines, no están incluidas en los planes de estudios sin perjuicio de su mención posterior
en el Suplemento Europeo al Título.
3. El alumnado será propuesto por la persona que ejerza la Dirección de las
prácticas externas de la Universitat Jaume I.
4. Las prácticas externas del alumnado se ajustarán a las necesidades
organizativas establecidas por la persona o personas que ejerce/n su tutoría donde se

cve: BOE-A-2024-3496
Verificable en https://www.boe.es

1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo I al presente convenio.
2. Se establecen dos modalidades de prácticas externas que pueden ser
concurrentes: