III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Entidades de crédito. (BOE-A-2024-3531)
Resolución de 14 de febrero de 2024, del Banco de España, por la que se publican las sanciones por la comisión de infracciones muy graves impuestas a cargos de administración y dirección de la Caja de Ahorros del Mediterráneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 23 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

BANCO DE ESPAÑA
3531

Resolución de 14 de febrero de 2024, del Banco de España, por la que se
publican las sanciones por la comisión de infracciones muy graves impuestas
a cargos de administración y dirección de la Caja de Ahorros del
Mediterráneo.

Con fecha 8 de marzo de 2022 la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de
Asuntos Económicos y Transformación Digital dictó Orden Ministerial por la que finalizó
el expediente de referencia IE/CA-1/2012, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva
del Banco de España de fecha 31 de enero de 2012 a Caja de Ahorros del Mediterráneo
y a sus cargos de administración y de dirección y a los miembros de su Comisión de
Control.
Por otra parte, el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e
Intervención de las Entidades de Crédito (norma vigente al momento de la comisión de
los hechos), establece que las sanciones por infracciones muy graves serán publicadas
en el «Boletín Oficial del Estado» una vez que sean firmes.
Toda vez que la citada Orden Ministerial ha adquirido firmeza para la siguiente
expedientada, procede, al amparo de lo establecido en el mencionado artículo 27.5, dar
publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» a las siguientes sanciones, impuestas en
dicha Orden, a, entre otros:
− Doña Pilar Aurora Cáceres González, consejera de CAM:

Madrid, 14 de febrero de 2024.–El Secretario General del Banco de España,
Francisco Javier Priego Pérez.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-3531
Verificable en https://www.boe.es

i. Sanción de multa impuesta por importe de veinticinco mil euros (25.000 €),
prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e
Intervención de las Entidades de Crédito, vigente en el momento de comisión de los
hechos, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 4.n) de
dicha Ley 26/1988, consistente en «presentar la entidad de crédito, o el grupo
consolidable o conglomerado financiero a que pertenezca, deficiencias en su estructura
organizativa, en sus mecanismos de control interno o en sus procedimientos
administrativos y contables, incluidos los relativos a la gestión y control de riesgos,
cuando tales deficiencias pongan en peligro la solvencia o viabilidad de la entidad o la
del grupo consolidable o conglomerado financiero al que pertenezca».
ii. Sanción de multa impuesta por importe de diez mil quinientos euros (10.500 €),
prevista en el artículo 12.1.a) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e
Intervención de las Entidades de Crédito, vigente en el momento de comisión de los
hechos, por la comisión de una infracción muy grave, tipificada en el artículo 4.f) de dicha
Ley 26/1988, consistente en «carecer de la contabilidad exigida legalmente o llevarla con
irregularidades esenciales que impidan conocer la situación patrimonial y financiera de la
entidad o del grupo consolidable o conglomerado financiero al que pertenezcan».