II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-3476)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Justicia, Vicepresidencia primera y Consejería de la Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, que se ofrecen a las personas aprobadas, en el proceso selectivo para acceso por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 23 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 21859

sola petición de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las plazas ofertadas en
el mismo.
b) Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido por la
persona aspirante en todo el proceso selectivo y por la prioridad establecida.
c) De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las
relacionadas en su instancia, por no solicitar un número suficiente de plazas, se
procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas
siguiendo el orden alfabético de localidades publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.
No se podrá anular ni modificar la solicitud una vez terminado el plazo de
presentación de las mismas.
Quinto.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Galicia.
Sexto.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
Séptimo.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición
en el plazo de un mes, ante la Dirección General de Justicia de la Vicepresidencia
Primera y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, o, recurso contenciosoadministrativo, ante el órgano competente, en el plazo de dos meses, ambos plazos
contados a partir del día siguiente al de su publicación.
Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2024.–El Director General de Justicia,
José Tronchoni Albert.
ANEXO I
Función

Localidad

Provincia

Comunidad
Autónoma

N.º de plazas

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1.

Gestión P.A. Arzúa.

A Coruña.

Galicia.

2

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 1 (VSM/
Reg. Civil).

Gestión P.A. Barco de Valdeorras, O.

Ourense.

Galicia.

1

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 3 (VSM).

Gestión P.A. Cambados.

Pontevedra. Galicia.

1

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 2 (VSM).

Gestión P.A. Cangas.

Pontevedra. Galicia.

1

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 3.

Gestión P.A. Cangas.

Pontevedra. Galicia.

1

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 2 (Reg.
Civil).

Gestión P.A. Carballo.

A Coruña.

Galicia.

1

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º 3.

Gestión P.A. Carballo.

A Coruña.

Galicia.

1

Juzgado de Violencia sobre la Mujer N.º 1.

Gestión P.A. Coruña, A.

A Coruña.

Galicia.

1

cve: BOE-A-2024-3476
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