II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-3474)
Orden de 13 de febrero de 2024, del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que se ofrecen a las personas aprobadas, en el proceso selectivo para acceso por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/241/2022, de 24 de marzo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 48

Viernes 23 de febrero de 2024

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www.euskadi.eus/servicios/12390, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del
día siguiente a la publicación de la relación definitiva de personas aprobadas en el
«Boletín Oficial del Estado», según lo establecido en la Base 8.1.a) de la convocatoria
del proceso selectivo, mencionada anteriormente.
Tercero.
Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como anexo II de esta
resolución de acuerdo con las siguientes instrucciones:
a) En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de los órganos
judiciales ofertados, indicando el órgano, la función, la localidad y la provincia. Con la
sola petición de un órgano judicial se entienden solicitadas todas las plazas ofertadas en
el mismo.
b) Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido por la
persona aspirante en todo el proceso selectivo y por la prioridad establecida.
c) De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las
relacionadas en su instancia, por no solicitar un número suficiente de plazas, se
procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas
siguiendo el orden alfabético de localidades publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Cuarto.
No se podrá anular ni modificar la solicitud una vez terminado el plazo de
presentación de las mismas.
Quinto.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el
orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad
Autónoma del País Vasco.
Sexto.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a
los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan
transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino
definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo
segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
Séptimo.
Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el
plazo de un mes, ante la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, o
contencioso-administrativo ante el órgano contencioso-administrativo que corresponda
en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su publicación.

cve: BOE-A-2024-3474
Verificable en https://www.boe.es

Vitoria-Gasteiz, 13 de febrero de 2024.–La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas
Sociales, Nerea Melgosa Vega.