III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-3438)
Resolución de 12 de febrero de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con Aragón Exterior, SAU, para la utilización conjunta de signos distintivos en actividades de internacionalización empresarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 47

Jueves 22 de febrero de 2024
Decimocuarta.

Sec. III. Pág. 21691

Jurisdicción y resolución de controversias.

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y
ejecución del presente convenio deberá solventarse, de mutuo acuerdo entre las Partes,
a través de la Comisión de Seguimiento. En caso de no alcanzarse un acuerdo por esta
vía, las Partes se someterán a los Juzgados y Tribunales del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo del municipio que corresponda según la Ley reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los
intervinientes firman el presente convenio, a un solo efecto, en la fecha y lugar indicados
en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la
fecha del último firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la
Consejera Delegada, Elisa Carbonell Martín.–Por Aragón Exterior, SAU, el Director
Gerente, José Antonio Vicente Barrallo.
ANEXO NÚMERO 1
Signos distintivos objeto del presente convenio
Los signos distintivos objeto del presente convenio son las marcas «E de España»
que se detallan a continuación, que son utilizadas de forma recurrente por ICEX como
signo de identidad, asociadas a las actividades de promoción internacional en el exterior
y que actúan como emblema internacional:
Forma gráfica
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Se trata de dos marcas mixtas que se construyen a partir de la «E» del logotipo
ICEX, que se utiliza en solitario o acompañada de la leyenda «España».
La palabra «España» que acompaña a la «E» podrá utilizarse en diferentes idiomas,
utilizando la tipografía Helvética Neue 75 Bold. En un caso (1), presenta los colores
institucionales, que son el rojo (Pantone® 485 C) y el amarillo (Pantone® 116 C), y en el
segundo (2) el negro. Sobre fondos blancos o colores claros siempre se utilizará la
versión multicromática y, en el caso de fondos oscuros, la versión monocromática.
Siempre que el signo distintivo «E de España» deba ser traducido a diferentes
idiomas, el texto deberá estar alineado a la izquierda, nunca haciendo caja con el ancho
de la «E», y manteniendo el mismo tamaño tipográfico, según se especifica en el Manual
de Identidad Corporativa de ICEX.
El signo distintivo «E de España» fue construido con una relación entre sus
elementos, según se detalla en el Manual de Identidad de ICEX. Esta relación no debe
ser alterada o rediseñada bajo ningún concepto.
En el Manual de Identidad Corporativa, anexo número 3 de este convenio, se
describen las características del signo distintivo «E de España».

cve: BOE-A-2024-3438
Verificable en https://www.boe.es

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