III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3344)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Módulo solar fotovoltaico de la instalación hibrida Almendros II de 32,009 MWp".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024
c.

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Valoración del órgano ambiental.

Del análisis de la documentación que obra en el expediente, se constata la presencia
en la zona de estudio de una amplia representación de avifauna, con diversas especies
protegidas. Así, destaca principalmente la ornitofauna esteparia con especies como
avutarda, ganga ortega, ganga ibérica, sisón común y cernícalo primilla, entre otras. Con
la implantación del proyecto, se producirían afecciones muy significativas sobre dichos
taxones, debido a la pérdida directa de hábitats, provocando su fragmentación y pérdida
de conectividad. Se destaca la afección a avutarda y sisón por ser especies que crían en
la zona, encontrándose núcleos reproductores para ambas. Asimismo, es reseñable la
presencia de ganga ibérica, ya que, al estar considerada extinta según el CREARM, su
detección podría mostrar una recolonización del ámbito.
Las afecciones detectadas se verán incrementadas por la acumulación de proyectos
de similar tipología, planificados en la misma área, efectos sinérgicos que no han sido
adecuadamente valorados por el promotor.
De otra parte, se prevé la afección sobre águila real, catalogada como de interés
especial en el CREARM, por la cercanía del proyecto a su área de campeo y la
existencia de zonas de nidificación junto a los límites perimetrales del proyecto.
Igualmente, destaca la presencia, según el estudio de fauna, de águila imperial ibérica,
especie categorizada como extinta según el CREARM.
Por otra parte, esta Dirección General considera que el promotor no valora
adecuadamente el impacto sobre la vegetación incurriendo en contradicciones. Además,
se verifica una alta probabilidad de presencia de flora protegida, en concreto Ulmus
minor y Thymus zygis, no contemplada y valorada por el promotor.
Asimismo, los efectos sinérgicos y acumulativos no están correctamente estudiados,
sin abordarse un análisis exhaustivo de la zona. De especial relevancia es la acción
sinérgica de las distintas actuaciones sobre la delicada población de avifauna esteparia
presente en el entorno.
Por último, se manifiesta la incompatibilidad urbanística y de usos del suelo en
diversos informes y alegaciones obrantes en el expediente con la realización de la PSFV
pretendida.
Por tanto, analizados los diferentes estudios, la información aportada por los
organismos participantes, particularmente del competente en materia de medio ambiente
del Gobierno de la Región de Murcia, esta Dirección General considera que no es
posible asegurar que el proyecto, de forma individual y/o en combinación con otros
desarrollos energéticos no produzca impactos significativos sobre los valores naturales
de la zona, con especial mención la avifauna protegida.
De todo lo anterior se concluye que el proyecto previsiblemente causará efectos
negativos significativos sobre el medio ambiente, y que las medidas previstas por el
promotor, no son garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o
compensación.

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido el apartado j
del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter
previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el
artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de

cve: BOE-A-2024-3344
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