III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3344)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Módulo solar fotovoltaico de la instalación hibrida Almendros II de 32,009 MWp".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 20930

Según el promotor, la ejecución del proyecto es compatible con los elementos
faunísticos evaluados, siempre que se lleven a cabo medidas mitigadoras, sobre todo las
dirigidas a mejorar el hábitat de aves y, en particular, a favorecer la heterogeneidad del
paisaje agrícola.
La Dirección General del Medio Natural del Gobierno de la Región de Murcia
informa que el proyecto tendrá efectos significativos sobre la fauna, pues la
construcción de la PSFV supone la pérdida de una parte importante de hábitat de aves
esteparias amenazadas. Incide en que el promotor detecta cuatro de ellas: avutarda,
sisón y gangas ortega e ibérica. Las tres primeras especies (avutarda, sisón y ganga
ibérica) se observan, según el estudio de fauna, en época reproductora y la ortega,
también en invernada.
El citado informe asimismo menciona diversas especies catalogadas como
amenazadas, no recogidas en el estudio de fauna del proyecto Almendros II, como
calandria (Melanocorypha calandra), terrera común (Calandrella brachydactyla),
cogujada montesina (Galerida theklae), collalba negra (Oenanthe leucura), collalba rubia
(Oenanthe hispanica), curruca tomillera (Sylvia conspicillata), triguero (Emberiza
calandra) o cogujada común (Galerida cristata), entre otras.
Informa, además, que todo el proyecto se localiza dentro de las zonas de aplicación
del Decreto núm. 89/2012, de 28 de junio, normas adicionales para líneas aéreas de alta
tensión. Destaca la importante afección a especies de avifauna esteparia como son
gangas ibérica y ortega, así como sisón común. También considera que podrá producirse
afección al topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), catalogado en el CEEA como
Vulnerable, por la destrucción del hábitat, que es la mayor amenaza para esta especie.
El organismo cita, asimismo, los siguientes anfibios y reptiles, incluidos en
el LESPRE que podrían verse perjudicados por la actuación: sapo partero común
(Alytes obstetricans), sapillo moteado común (Pelodytes punctatus), sapo corredor y
sapo de espuelas (Pelobates cultripes), culebra bastarda (Malpolon monspessulanus),
culebra viperina (Natrix maura), culebra de escalera (Zamenis scalaris) y lagarto
ocelado. El promotor solo menciona en el EsIA a la última de estas especies. Añade
que, tanto el EsIA como los datos obrantes en la Subdirección General de Patrimonio
Natural y Cambio Climático del Gobierno de la Región de Murcia, indican la presencia
de tejón, cuyo registro más cercano se encuentra a unos 2.800 m al sureste de la
planta solar. Esta especie está catalogada como de interés Especial en el Catálogo de
Especies Amenazadas de Fauna Silvestre de la Región de Murcia.
Por todo lo anterior, el organismo concluye que el mayor impacto del proyecto es la
ocupación de un área agrícola con presencia de aves esteparias amenazadas (sisón,
ortega, ganga ibérica y avutarda), que además se sitúa próxima a un área de campeo de
águila real con zonas de nidificación de esta especie junto a los límites perimetrales de
la PSFV pretendida; y que, por tanto, la principal afección es la eliminación del hábitat de
estas especies. Añade que las aves esteparias, especialmente aquellas que constituyen
leks en época reproductora, tienen una fuerte querencia a su lugar de cría. Por ello,
considera importante conservar los hábitats que les son adecuados en su área de
distribución. La presencia de aves esteparias amenazadas es el impacto de mayor
importancia, por lo que tendría que valorarse la ubicación de la PSFV en otra zona
donde no estén presentes.
El proyecto presentado contiene alternativas de ubicación que no se estiman viables
por el promotor, lo cual no permite analizar opciones de ubicación en otras áreas de las
proximidades. Por ello, a partir de la evaluación realizada, el organismo considera que no
existe la opción de compensar la pérdida de hábitat prevista por la realización del
proyecto y no plantea la posibilidad de llevar a cabo medidas adicionales para ello.
El promotor, en su respuesta, propone ampliar la superficie de compensación
mediante aplicación de medidas agroambientales y de mejora del hábitat estepario con
una superficie equivalente al 50 % de la ocupación total de los tres proyectos (66,71 ha.),
en una zona no especificada, a consensuar con el organismo competente en medio
ambiente del Gobierno de la Región de Murcia. Asimismo, señala que el 75 % de

cve: BOE-A-2024-3344
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Núm. 46