III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-3347)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se desestima la solicitud de Desarrollos Renovables Eólicos y Solares, SL, de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del parque eólico El Esparragal, de 62,7 MW, y de su infraestructura de evacuación, en Casares (Málaga) y San Martín del Tesorillo y San Roque (Cádiz).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de febrero de 2024

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para la tramitación del expediente de solicitud de autorización conforme a lo dispuesto en
el artículo 113 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, la solicitud de autorización
administrativa previa, autorización administrativa de construcción, acompañada del
proyecto y estudio de impacto ambiental se somete a información pública, con la debida
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y Boletín Oficial de las provincias
afectadas, habiéndose solicitado igualmente los correspondientes informes a las distintas
administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés
general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo, así
como a los organismos que deben presentar informe conforme a la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre. No se somete a información pública la declaración de utilidad pública del
proyecto, previo desistimiento de esta solicitud por parte del promotor.
Con fecha 23 de mayo de 2022 y 6 de junio de 2022, se recibe el informe y el
expediente de tramitación del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del
Gobierno en Sevilla.
Cuarto. Evaluación de impacto ambiental practicada.
Con fecha 9 de junio de 2022 se remite a la Subdirección General de Evaluación
Ambiental (SGEA) dicho expediente para inicio del procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria, según lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 21/2013, de 9
de diciembre, de evaluación ambiental.
La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental emite, con fecha 30 de
marzo de 2023, Resolución por la que formula declaración de impacto ambiental
desfavorable para el parque eólico El Esparragal de 62,7 MW y su infraestructura de
evacuación asociada, concluyendo que se ha identificado que el proyecto puede generar
impactos negativos sore el medio ambiente sin que las medidas propuestas por el
promotor constituyan garantía suficiente para la adecuada protección del medio
ambiente. La citada resolución se encuentra disponible en el siguiente enlace:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2023-9754
Quinto. Acuerdo de desacumulación de expedientes.
Habiéndose formulado la declaración de impacto ambiental del proyecto acumulado,
esta Dirección General de Política Energética y Minas acordó, con fecha 8 de septiembre
de 2023, la tramitación separada de los proyectos antes de la resolución definitiva por
separado de cada uno de ellos, quedando, por tanto, dicha acumulación sin efecto para
así resolverse separadamente todos los procedimientos relativos a los expedientes de
autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y
declaración, en concreto, de utilidad pública, de los parques eólicos El Esparragal,
de 62,7 MW (SGEE/PEol-474), Las Milagrosas, de 62,7 MW (SGEE/PEol-476), y El
Juncal, de 91,2 MW (SGEE/PEol-477), y sus infraestructuras de evacuación, ubicados
en las provincias de Málaga y Cádiz), con número de expediente asociado PEol-474AC.
En consecuencia, el procedimiento de autorización administrativa del proyecto del
parque eólico El Esparragal, de 62,7 MW, y su infraestructura de evacuación, en los
términos municipales de Casares y San Martín del Tesorillo y San Roque, en las
provincias de Málaga y Cádiz, pasa a realizarse bajo el expediente con código PEol-474.
Sexto. Permisos de acceso y conexión.
El proyecto obtuvo permisos de acceso y conexión a la red de transporte mediante la
emisión de Informe de Viabilidad de Acceso a la Red (IVA), así como Informe de
Cumplimiento de Condiciones Técnicas de Conexión (ICCTC) e Informe de Verificación
de las Condiciones Técnicas de Conexión (IVCTC) en la subestación Pinar del Rey 400
kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.

cve: BOE-A-2024-3347
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 46