II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escalafones. (BOE-A-2024-3294)
Orden INT/136/2024, de 9 de febrero, por la que se aprueba la relación escalafonal de la Policía Nacional, cerrada a 31 de enero de 2024.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. II.A. Pág. 20479

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DEL INTERIOR
3294

Orden INT/136/2024, de 9 de febrero, por la que se aprueba la relación
escalafonal de la Policía Nacional, cerrada a 31 de enero de 2024.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, de la Ley Orgánica 9/2015, de 28
de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, y siguiendo los criterios que
sobre escalafonamiento se establecen en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.
Aprobar la relación escalafonal de los funcionarios de la Policía Nacional cerrada
a 31 de enero de 2024.
Dicha relación consta de dos anexos. El anexo I que incluye a todos los
funcionarios de la Policía Nacional cualesquiera que sea su situación administrativa,
a excepción de los que se encuentran en segunda actividad, los cuales van incluidos
en el anexo II.
Segundo.
El orden escalafonal se establece por escalas y categorías, y dentro de cada una
de éstas por antigüedad, entendiendo como antigüedad el tiempo de servicio
efectivo prestado en la categoría actual y respetando, en su caso, el orden de
promoción obtenido en los correspondientes procesos selectivos de nuevo ingreso o
de ascenso.
Los funcionarios en situación de excedencia, que figuran por categorías y por orden
alfabético al final del anexo I, en el supuesto de que se incorporen al servicio activo,
serán escalafonados en el lugar que les corresponda, de acuerdo con el tiempo de
servicio efectivo prestado en la categoría que ostenten.
Tercero.

Cuarto.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados
interponer potestativamente el recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el
órgano autor de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114,
123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, o bien ser impugnado directamente ante el Orden
Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con

cve: BOE-A-2024-3294
Verificable en https://www.boe.es

A los anexos de referencia, se les dará publicidad según lo dispuesto en la
disposición adicional séptima, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD),
mediante la publicación en la Webpol de la Policía Nacional, (WebpolPass), apartado
«Mis aplicaciones»-Portal de la Policía, siendo publicada la resolución en la Orden
General de la Dirección General de la Policía, concediéndoles carácter oficial por la
presente orden, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».