V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-5989)
Extracto de modificación del extracto de la Orden Ministerial de 26 de abril de 2023 por la que se aprueba la segunda convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por la Unión Europea - NextgenerationEU para el periodo de elegibilidad 2023-2024.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46

Miércoles 21 de febrero de 2024

Sec. V-B. Pág. 8877

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

5989

Extracto de modificación del extracto de la Orden Ministerial de 26 de
abril de 2023 por la que se aprue ba la se gunda convocatoria de
subvenciones en concurrencia no competitiva del eco-incentivo para el
impulso del transporte marítimo de mercancías basado en el mérito
ambiental y socioeconómico, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Re silie ncia - financiado por la Unión Europe a Ne xtge ne rationEU para e l pe riodo de e le gibilidad 2023-2024.

BDNS(Identif.):691014
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
691014)
Se modifica el apartado "Sexto: Otros datos" del Extracto publicado el 28 de
abril de 2023, añadiendo al final los siguientes párrafos:
Desde el 8 de noviembre de 2023 y hasta el 24 de marzo de 2024 resulta de
aplicación la modificación que la Orden Ministerial de 14 de febrero de 2024 realiza
del ANEXO II "Relación de servicios elegibles y valor del eco-incentivo" de la
convocatoria aprobada por la Orden Ministerial de 26 de abril de 2023. El texto
completo de la Orden de modificación se puede encontrar en la Sede Electrónica
del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en el siguiente enlace:
https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
OFICINAS_SECTORIALES/SUB_PRTR/ECOINCETIVO_MARITIMO/

Madrid, 14 de febrero de 2024.- El Ministro de Transportes y Movilidad
Sostenible, P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre; Real Decreto 829/
2023, de 20 de noviembre), el Secretario de Estado de Transportes y Movilidad
Sostenible, José Antonio Santano Clavero.
ID: A240007318-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2024-5989
Verificable en https://www.boe.es

Esta Orden de modificación pone fin a la vía administrativa y podrá ser
recurrida en reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado en el plazo de
un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido
por el artículo 123 y 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o ser impugnada
directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia
Nacional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su
notificación, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse
simultáneamente ambos recursos.