III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-3248)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Abogacía General del Estado, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3248

Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Abogacía General del Estado, por
la que se publica el Convenio con la Universidad de Alcalá, para el desarrollo
de prácticas externas no retribuidas.

Con fecha 6 de febrero de 2024 se ha suscrito el convenio entre la Abogacía General
del Estado y la Universidad de Alcalá para el desarrollo de prácticas externas no
retribuidas de sus estudiantes.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anejo a esta resolución.
Madrid, 9 de febrero de 2024.–La Abogada General del Estado, Consuelo Castro
Rey.
ANEJO
Convenio entre la Abogacía General del Estado y la Universidad Alcalá
para el desarrollo de prácticas externas no retribuidas de sus estudiantes
REUNIDOS
De una parte, doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General del
Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 19/2023, de 17 de enero, BOE
núm. 158, y que actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por la Ministra de
Justicia en el artículo 7.d) de la Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre, sobre
delegación de competencias.
De otra parte, doña Eva Senra Díaz, Vicerrectora de Estudiantes, Emprendimiento y
Empleabilidad de la Universidad de Alcalá (UAH), en nombre y representación de ésta,
según el artículo 23 del Estatuto de la Universidad de Alcalá (Decreto 221/2003, de 23
de octubre de la Comunidad de Madrid y modificados por Decreto, 18/2012, de 26 de
enero) y conforme a las competencias que tiene atribuidas por delegación del Rector
Magnífico (Resolución de 29 de marzo de 2022, BOCM núm. 94, de 21 de abril de 2022),
con domicilio a los efectos del presente convenio en la plaza de San Diego, s/n, 28801
Alcalá de Henares (Madrid), CIF Q2818018J.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,

Primero.
Que la Abogacía General del Estado adscrita al Ministerio de la Presidencia, Justicia
y Relaciones con las Cortes con nivel orgánico de subsecretaría, es el órgano directivo
de los servicios de asistencia jurídica al Estado y otras instituciones públicas, con las
competencias y funciones contempladas en la Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de
Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas, en el Reglamento del Servicio
Jurídico del Estado, aprobado por el Real Decreto 997/2003, de 25 de julio y en el Real

cve: BOE-A-2024-3248
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