III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-3256)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y la Asociación de personas con lesión medular y otras discapacidades físicas, para el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
3256

Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones
Penitenciarias y la Asociación de personas con lesión medular y otras
discapacidades físicas, para el cumplimiento de las penas de trabajos en
beneficio de la comunidad.

Habiéndose suscrito el 6 de febrero de 2024 el Convenio entre el Ministerio del
Interior, a través de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, y la Asociación
de personas con lesión medular y otras discapacidades físicas (ASPAYM Asturias) para
el cumplimiento de las penas de trabajos en beneficio de la comunidad, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a
esta resolución.
Madrid, 16 de febrero de 2024.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio
Puigserver Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio del Interior, a través de la Secretaría General de
Instituciones Penitenciarias, y la Asociación de personas con lesión medular y
otras discapacidades físicas (ASPAYM Asturias) para el cumplimiento de la pena
de trabajo en beneficio de la comunidad
En Madrid, a 6 de febrero de 2024.

De una parte, don Ángel Luis Ortiz Gonzalez, Secretario General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 504/2018, de 18 de
junio, actuando por delegación de competencias del Ministro del Interior, según lo
previsto en el apartado noveno, subapartado 2.6 de la Orden INT/985/2005, de 7 de
abril, por la que se delegan determinadas atribuciones y se aprueban las delegaciones
efectuadas por otras autoridades, en relación con el artículo 61. k) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del
presente convenio en la calle Alcalá, 38-40, 28014 de Madrid.
Y de otra parte, don Eduardo Llano Martínez, en nombre y representación de la
Asociación de personas con lesión medular y otras discapacidades físicas (ASPAYM
Asturias), (en adelante la Asociación) como Presidente, elegido por la Asamblea de
fecha 31 de mayo de 2022, facultado para este acto en virtud de las atribuciones que
tiene conferidas como Presidente según los Estatutos de la Asociación. Inscrita en el
Registro de Asociaciones del Principado de Asturias con número 3355, y con domicilio a
los efectos del presente convenio en Avda. de Roma, 4 y 8 bajo de Oviedo.
Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que
intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el
presente convenio y, a tal efecto,

cve: BOE-A-2024-3256
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