III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Transportes por carretera. (BOE-A-2024-3258)
Resolución de 16 de febrero de 2024, de la Dirección General de Transporte por Carretera, por la que se exceptúa temporalmente el cumplimiento de las normas de tiempos de conducción y descanso en los transportes de mercancías.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

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Artículo 8.1: reducir los requisitos del descanso diario de once horas por uno
de nueve horas.
Artículo 8.6: posibilidad de posponer el inicio del período de descanso semanal más
allá de seis períodos de veinticuatro horas.
Segundo.
Las excepciones previstas en el apartado primero se aplicarán a los conductores que
realicen operaciones de transporte de mercancías que hayan estado afectadas por los
cortes y retenciones en España. Los conductores deberán asegurarse de que no se
pone en riesgo la seguridad en carretera.
Estas exenciones son de aplicación desde el día 5 de febrero al 14 y del 19 al 26 de
febrero de 2024, ambos incluidos.
Tercero.
Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y se notificará a la
Comisión Europea en aplicación del artículo 14.2 de dicho Reglamento.
Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaría
General de Transporte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, dentro del
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El citado recurso podrá presentarse, además de en cualquiera de los registros
previstos en el artículo 16.4 de la 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común, en el registro electrónico del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible
https://sede.fomento.gob.es/SEDE_ELECTRONICA/LANG_CASTELLANO/
Listado_procedimientos/INTERPOSICION_RECURSOS/ según las condiciones que
vienen determinadas en el capítulo II, artículos del 6 al 10, de la Orden FOM/2574/2010,
de 16 de septiembre, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de
Transportes y Movilidad Sostenible.

cve: BOE-A-2024-3258
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 16 de febrero de 2024.–La Directora General de Transporte por Carretera,
Roser Obrer Marco.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X