III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-3255)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 20149

Por otra parte, se establece el marco para la obtención de la información gráfica
catastral, de acuerdo con lo disponible en la Sede Electrónica del Catastro, que fuera
precisa para la ejecución de los trabajos profesionales de los arquitectos colegiados,
mediante acceso por vía telemática.
Por último, además, se prevé el desarrollo de las actuaciones dirigidas a facilitar a los
ciudadanos la confección y presentación de las declaraciones catastrales así como la
consulta y certificación de datos catastrales.
Segunda.

Acceso a la información catastral.

La Dirección General del Catastro facilitará la información gráfica catastral, de
acuerdo con lo disponible en la Sede Electrónica del Catastro, que fuera precisa para la
ejecución de los trabajos profesionales, mediante acceso por vía telemática a un servicio
de descarga de la planta general de parcela en formato dxf o por otros servicios web que
pudiera habilitar la Dirección General, de lo que se dará cuenta a la Comisión de
seguimiento, vigilancia y control de este convenio.
Los colegiados, al amparo del presente convenio, obtendrán la información necesaria
para el desarrollo de su trabajo profesional a través de medios electrónicos. La descarga
de dicha información quedará registrada con el número de intervención colegial.
El Colegio podrá utilizar dicha documentación para sus publicaciones con
cumplimiento siempre de las previsiones contenidas en los artículos 50 al 54 del texto
refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario y 72 y siguientes del Real Decreto 417/2006,
de 7 de abril, que lo desarrolla. A estos efectos, las condiciones de utilización de esta
cartografía serán las siguientes:
– Previamente a cada publicación, el Colegio comunicará a la Dirección General el
alcance y contenido de la misma.
– En cada publicación realizada, se incluirá un reconocimiento expreso de la fuente
de esta información. Asimismo, se incluirá en la parte inferior derecha de cada imagen
publicada que utilice cartografía catastral, la expresión «© Dirección General del
Catastro».
– Tres ejemplares de cada publicación en la que sea utilizada información catastral,
serán remitidos gratuitamente a la biblioteca de la Dirección General del Catastro, para
su incorporación a su fondo bibliográfico. Asimismo, en caso de que la publicación sea
electrónica, se enviará un archivo con el documento en formato pdf.
– La Dirección General del Catastro podrá utilizar gratuitamente para el ejercicio de
sus actividades las publicaciones del Colegio, que incluyan información catastral, sin
más limitación que la mención expresa a la fuente de información utilizada.
Tercera.

Datos relativos al presupuesto de ejecución material de los proyectos.

El Colegio pondrá a disposición de la Dirección General del Catastro los datos
agregados existentes en los archivos de visado de trabajos profesionales que, en su
caso, disponga, sobre el presupuesto de ejecución material del proyecto, con
autorización del promotor.
Documentación gráfica de la definición de los bienes inmuebles.

El Colegio pondrá a disposición de la Dirección General del Catastro, por
procedimientos telemáticos, en los formatos digitales que determine esta y previo informe
de la Comisión de seguimiento, vigilancia y control del convenio, la documentación gráfica
digital de que disponga, de los bienes inmuebles objeto de trabajos profesionales
realizados y con trascendencia en la información catastral, una vez finalizados los mismos.
Dicha documentación, previa autorización del promotor, se reflejará sobre la
cartografía oficial de la Dirección General del Catastro y contendrá la referencia catastral,
superficies, usos y designación, en su caso, de los distintos bienes inmuebles. Asimismo,

cve: BOE-A-2024-3255
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.