II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO FISCAL. Nombramientos. (BOE-A-2024-3215)
Decreto de 9 de febrero de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la especialidad de Protección de Personas con Discapacidad y Mayores en la Fiscalía Provincial de Badajoz a don Antonio Luengo Nieto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 45

Martes 20 de febrero de 2024

Sec. II.A. Pág. 20004

Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado»
(art. 62.3 RMF).
Segundo.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al
nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía
Provincial de Badajoz está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del
Ministerio Fiscal y de su Reglamento y haciendo propia la fundamentación de la
propuesta, se acuerda:
1. Nombrar al Ilmo. Sr. don Antonio Luengo Nieto, Fiscal Delegado de la
especialidad de Protección de Personas con Discapacidad y Mayores en la Fiscalía
Provincial de Badajoz.
2. Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefa Inspectora, a la Fiscal de Sala
Coordinadora de los Servicios Especializados en la Protección de las Personas con
Discapacidad y Mayores, al Fiscal Superior de la Fiscalía Autónoma de Extremadura y al
Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Badajoz, que trasladará copia del presente Decreto al
Fiscal interesado, poniéndolo en conocimiento de todos los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo [art. 12.1.b) LJCA], en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la
notificación de la misma. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición
ante el Consejo Fiscal, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la
notificación de la presente resolución. En este último caso no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo, hasta que sea resuelto el recurso de reposición o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.

cve: BOE-A-2024-3215
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de febrero de 2024.–Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X