III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-3188)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el segundo Convenio con la Real Federación Española de Patinaje, para la impartición por el Centro Superior de Enseñanzas Deportivas de los bloques comunes del periodo transitorio de la oferta formativa de 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

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– Realizar el seguimiento de lo establecido en el presente convenio y elaborar la
correspondiente memoria anual en la que constarán, entre otras:
● El número de cursos del bloque común y su nivel.
● El número de alumnos matriculados.
● El número de alumnos aprobados y suspensos.
● La distribución de los apartados anteriores por género.
● El grado de satisfacción del alumnado.
● El número de cursos de formación continua.
– Ejercer las funciones relativas al control y evaluación del desarrollo de la actividad
objeto del presente convenio y fijará anualmente el calendario de reuniones de esta. Se
reunirá con carácter ordinario, al menos:
a) En el cuatrimestre previo al inicio de la vigencia de este convenio, para concretar
el calendario de actividades de formación del 2024.
b) Al finalizar el 2024, con la finalidad de evaluar el cumplimiento del convenio.
c) Al finalizar la última actividad del convenio vigente.
d) Además, se reunirá con carácter extraordinario a petición de cualquiera de las
partes de este convenio.
– Conocer de la aparición de conflictos en la interpretación y ejecución del convenio
y procurar su resolución en los términos previstos en la cláusula decimotercera.
– Reajustar los compromisos de gasto establecidos en la cláusula de «financiación
de los servicios prestados por el CSED», en función del número final de cursos y con la
limitación máxima del importe total del convenio.
Su funcionamiento se regula, en lo no recogido en este convenio, por lo establecido
en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Financiación de los servicios prestados por el CESED.
El coste de la impartición de los cursos del bloque común, que se acuerde en el
programa anual de actividades de formación deportiva, se financia mediante el pago, por
parte de la FEDERACIÓN, del precio público establecido para cada nivel en la
Resolución de 8 de febrero de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de
Deportes, por la que se establecen los precios públicos para la utilización de sus
instalaciones y servicios.
El CSD, a través del CESED como Centro Público, se compromete al pago de los
gastos procedentes de:
1) El profesor o profesores tutores de grupo responsables del bloque común.
2) El coordinador de tutores.
3) Coste de las instalaciones necesarias para realizar las pruebas de evaluación
presencial y de las clases presenciales que se celebren en las instalaciones del CSD.
4) Desplazamiento si fuera necesario del profesor tutor de grupo.
El compromiso del gasto variará en función del número de cursos realizados, de los
recogidos en el «Programa anual de actividades de formación deportiva», pudiendo ser
el gasto hasta un máximo de 17.000 euros.
Este gasto se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 18.22.15.336A.233,
y 18.22.15.336A.226.06.
La FEDERACIÓN se compromete al pago del precio público de cada uno de los
cursos del bloque común que se realicen, de los establecidos en el «Programa anual de
actividades de formación deportiva» y según lo establecido en la Resolución de 8 de
febrero de 2019, del a Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se

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