III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3200)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Parque solar fotovoltaico Valdejalón, de 45 MW de potencia instalada, e infraestructura de almacenamiento Valdejalón, de 5 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente Valdejalón, de 50 MW, y una parte de su infraestructura de evacuación", en Rueda de Jalón (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

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Finalmente, se encuentran en tramitación los proyectos de 10 parques eólicos
con 277,48 MW: Fernando el Católico (49,5 MW), Las Nieves (23,91 MW), Rané (44 MW),
Entreviso (23,74 MW) Casablanca (49,5 MW), Acebal (23,91 MW), Liebre (13,42 MW),
Remolinos (49,5 MW), I+D Cabarnillas e I+D Sotillo. También en tramitación, hay que
citar 10 plantas fotovoltaicas con 219 MW: CSFA Hibridación El Picador (45 MW), CSFA
Hibridación Las Azubías (45 MW), CSFA Hibridación El Tollo (45 MW), Rueda Solar 1
(30 MW), Hibridación Tablares (4 MW), Fernando el católico (10 MW), Casablanca
(10 MW), Las Nieves (10 MW), Entreviso (10 MW) y Rané (10 MW).
Se identifican doce líneas eléctricas de alta tensión en funcionamiento y otras en
tramitación a menos de 10 km de la central analizada.
Las numerosas instalaciones en funcionamiento, autorizadas y en tramitación dentro
del área de estudio, junto a la instalación de la central Valdejalón, podrían superar la
capacidad de acogida del territorio. La consecuencia sería un efecto acumulativo y
sinérgico de pérdida y alteración de los hábitats de algunas especies amenazadas,
especialmente aves esteparias, ya que se afecta a un área crítica del Plan de
Recuperación de aves Esteparias de Aragón, en tramitación. Asimismo, el conjunto de
las instalaciones podría incrementar el efecto barrera al movimiento de la fauna en el
territorio. También podría haber aumento de la mortalidad por colisión contra
aerogeneradores y contra el vallado de las plantas fotovoltaicas.
La instalación de las infraestructuras de energías renovables conllevaría un
incremento del paisaje alterado, que se vería transformado y fragmentado. La presencia
de los parques eólicos en la zona hace que ya exista un impacto visual previo y más
visible a grandes distancias, pero los elementos artificiales introducidos con las plantas
son distintos a los de los parques eólicos.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario
conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
fue remitida a la Dirección General de Medio Natural y al Instituto Aragonés de Gestión
Ambiental del Gobierno de Aragón, el 4 de enero de 2024, con el fin de que emitieran
observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decretoley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe
de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la
remisión de observaciones por parte del órgano autonómico.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental
elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá
al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de
diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se
considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental
en el sentido de que el proyecto «Parque solar fotovoltaico Valdejalón, de 45 MW de
potencia instalada, e infraestructura de almacenamiento Valdejalón, de 5 MW de potencia

cve: BOE-A-2024-3200
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Núm. 44