III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3199)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto "Central solar fotovoltaica y de almacenamiento El Tollo, para su hibridación con el parque eólico existente El Tollo, de 50 MW, y una parte de su infraestructura de evacuación en Rueda de Jalón (Zaragoza)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

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(30 MW), Hibridación Tablares (4 MW), Fernando el católico (10 MW), Casablanca (10
MW), Las Nieves (10 MW), Entreviso (10 MW) y Rané (10 MW).
Se identifican 12 líneas eléctricas de alta tensión en funcionamiento y otras, en
tramitación a menos de 10 km de la central.
Las numerosas instalaciones en funcionamiento o en tramitación del área de estudio,
junto a la instalación de la central El Tollo podrían superar la capacidad de acogida del
territorio. Se podría producir un efecto acumulativo y sinérgico de pérdida y alteración de
los hábitats de algunas especies amenazadas, especialmente las aves esteparias, ya
que se afecta a un área crítica del Plan de Recuperación de aves Esteparias de Aragón,
en tramitación. Asimismo, el conjunto podría incrementar el efecto barrera al movimiento
de la fauna en el territorio y puede haber aumento de la mortalidad por colisión contra
aerogeneradores y contra el vallado de las plantas fotovoltaicas.
La instalación de las infraestructuras de energías renovables conllevaría un
incremento del paisaje alterado, que se vería transformado y fragmentado. La presencia
de los parques eólicos en la zona hace que ya exista un impacto visual previo y más
visible a grandes distancias, aunque los elementos artificiales introducidos con las
plantas son distintos a los de los parques eólicos.
La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de
que se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario
conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental,
fue remitida a la Dirección General de Medio Natural y al Instituto Aragonés de Gestión
Ambiental del Gobierno de Aragón, el 20 de diciembre de 2023, con el fin de que
emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real
Decreto-ley 6/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del
informe de determinación de afección ambiental.
Con fecha 6 de febrero de 2023, tienen entrada en esta unidad observaciones de la
Dirección General de Medio natural del Gobierno de Aragón en las que manifiesta que
en la propuesta enviada se recoge de forma adecuada la realidad del territorio y opina
que la conclusión de la propuesta y los fundamentos de derecho que en ella se recogen
son adecuados a la situación descrita.
Fundamentos de Derecho
De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el
que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las
consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental
elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá
al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de
diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se
considerará como aceptación del contenido de la propuesta.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución
de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia
estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el
que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de
enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos
ministeriales.
Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los
fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente
administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección
ambiental en el sentido de que el proyecto «Central Solar Fotovoltaica y de
Almacenamiento El Tollo, para su hibridación con el parque eólico existente El Tollo,
de 50 MW, y una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de
Zaragoza», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental

cve: BOE-A-2024-3199
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Núm. 44