III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-3182)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Miranda de Ebro, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 44

Lunes 19 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 19704

acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Miranda de Ebro y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su
partido judicial de Altable, Ameyugo, Bozoó, Bugedo, Condado de Treviño, Encío, La
Puebla de Arganzón, Miraveche, Pancorbo, Santa Gadea del Cid, Santa María
Rivarredonda, Valluércanes y Villanueva de Teba que han de hacerlo simultáneamente
con la referida Oficina General, en aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional
quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la Resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha Ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Miranda de Ebro, que comprende la Oficina General del Registro Civil
de Miranda de Ebro y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Altable,
Ameyugo, Bozoó, Bugedo, Condado de Treviño, Encío, La Puebla de Arganzón,
Miraveche, Pancorbo, Santa Gadea del Cid, Santa María Rivarredonda, Valluércanes y
Villanueva de Teba, de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de
Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones
contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 11 de marzo de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Miranda de Ebro pasará a denominarse Oficina General del Registro
Civil de Miranda de Ebro y los Registros Civiles Municipales Delegados de Altable,
Ameyugo, Bozoó, Bugedo, Condado de Treviño, Encío, La Puebla de Arganzón,
Miraveche, Pancorbo, Santa Gadea del Cid, Santa María Rivarredonda, Valluércanes y
Villanueva de Teba pasarán a denominarse oficinas colaboradoras del Registro Civil de
Altable, Ameyugo, Bozoó, Bugedo, Condado de Treviño, Encío, La Puebla de Arganzón,
Miraveche, Pancorbo, Santa Gadea del Cid, Santa María Rivarredonda, Valluércanes y
Villanueva de Teba, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición
transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de
julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha Ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.

cve: BOE-A-2024-3182
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.