III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. Convenios. (BOE-A-2024-3185)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la segunda Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad y Distrito Castellana Norte, SA, para la redacción del proyecto constructivo de las pilas y pilotes de la losa de cubrimiento asociados al túnel de alta velocidad, en la cabecera sur de la estación de Chamartín.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 19742

Las Entidades Públicas llevarán a cabo la coordinación del contenido y del
Procedimiento de Supervisión y Aprobación de los proyectos de la Fase 2 y la Fase 3 del
Proyecto de Pilas y Pilotes vigente durante su redacción.
CreaMNN, individualmente o de común acuerdo, cuando proceda, con la Comisión
Gestora, deberá nombrar un «responsable del contrato» (según la terminología utilizada
en el procedimiento interno ADIF-PE-201-001-004-SC-612 «Supervisión y Aprobación
Técnica de Proyectos Básicos y de Ejecución» actualmente vigente), cuyas funciones
serán las siguientes:
– Supervisar la ejecución de los contratos suscritos para la elaboración de los
proyectos y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta
realización de la prestación pactada.
– Dirigir la redacción de los proyectos técnicos velando por el cumplimiento de la
normativa vigente y las instrucciones y requisitos derivados de los procedimientos
internos de las Entidades Públicas que resulten aplicables (entre otros, el procedimiento
de Redacción de Estudios y Proyectos Seguros) y que serán previamente puestos a
disposición del «responsable del contrato» por las Entidades Públicas.
– Interlocución con las Entidades Públicas durante el Procedimiento de Supervisión
y Aprobación de los proyectos, hasta la emisión del documento de aprobación técnica.
– Interlocución con los respectivos equipos redactores de los proyectos, dando
traslado a éstos de cualquier requerimiento u observación de las Entidades Públicas, y
ordenando y dirigiendo la realización de las correcciones necesarias de los proyectos
según los informes de revisión emitidos por las Entidades Públicas.
– En su caso, preparación de informes de propuesta y de órdenes de cambio.
– Previo requerimiento de las Entidades Públicas, remisión de la información que
resulte pertinente para solicitar el inicio del Procedimiento de Supervisión y Aprobación.
– Interlocución con Ayuntamiento y Comunidad Autónoma para la exposición y
explicación del proyecto en la parte relativa a las obras de urbanización, de cara a su
aprobación por las Administraciones.
Por su parte, las Entidades Públicas nombrarán a un representante de ADIF, que
será el responsable de la coordinación en el proceso de revisión del contenido de los
proyectos y del Procedimiento de Supervisión y Aprobación, cuyas funciones específicas
serán las siguientes:
– Interlocución con el «responsable del contrato» para la coordinación del contenido
de los proyectos.
– Coordinación interna del Procedimiento de Supervisión y Aprobación, incluyendo la
solicitud de la supervisión y aprobación técnica de los proyectos por el Órgano de
Contratación.
– Interlocución con el «responsable del contrato» en el marco del Procedimiento de
Supervisión y Aprobación, hasta la emisión del documento de aprobación técnica de los
proyectos.
– Remisión de los proyectos para su revisión, con el alcance que a cada uno
corresponda, al Área de Medio Ambiente (AMA), al Área de Puesta en Servicio e
Interoperabilidad y al Área de Supervisión y Seguridad (ASS), entre otras.
– Puesta en conocimiento de las empresas ferroviarias del Ministerio de Transporte,
Movilidad y Agenda Urbana, de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, del
Ayuntamiento y de la Comunidad de Madrid el proyecto objeto de solicitud de
aprobación, conforme a los artículos 6.1 y 7.3 de la Ley 38/2015 del Sector Ferroviario.
– Firma del acta previa de replanteo del Proyecto.
En el marco del Procedimiento de Supervisión y Aprobación, en atención a su
intervención como parte contratante de los proyectos técnicos correspondientes a la
Fase 2 y Fase 3 del Proyecto de Pilas y Pilotes, las Entidades Públicas requerirán a
CreaMNN la firma del denominado Informe Previo a la Aprobación Técnica.

cve: BOE-A-2024-3185
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Núm. 44