III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-3208)
Resolución de 14 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, para desarrollar el proyecto denominado "Seguimiento GPS de la población de Milano real (Milvus milvus) del Espacio Natural de Doñana: implicaciones para la conservación de la población andaluza en peligro crítico de extinción".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

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7. Contar con un informe provisional anual recogiendo todas las actuaciones
realizadas y su evaluación, así como un informe final que contenga los productos
financiados.
8. Asesorar según demanda de la Junta de Andalucía en temas relacionados con la
especie.
Segunda. Obligaciones de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
Colaboración con la Estación Biológica de Doñana (CSIC-EBD) para la consecución
de los objetivos planteados, para lo que desarrollará las tareas previstas en el Plan de
Trabajo de acuerdo con la metodología, el cronograma y los plazos que en el mismo se
detallen y en el acta de la primera reunión de la Comisión Mixta de Seguimiento.
Incluirán en todo caso las tareas indicadas en el anexo I.
Tercera. Obligaciones del CSIC-EBD.
Desarrollará las tareas previstas en el Plan de Trabajo de acuerdo con la
metodología, el cronograma y los plazos que en el mismo se detallen, para la
consecución de los objetivos planteados, que incluirán las siguientes tareas:
– Captura y marcaje con anillas de PVC y metal, de los ejemplares juveniles de
milano real pocos días antes de abandonar el nido.
– Lectura de anillas de los adultos reproductores marcados con anillas de plástico,
para determinar su identidad, procedencia y edad.
– Marcaje de ejemplares juveniles y adultos con emisores GPS-GSM.
– Tratamiento científico de los datos para comprender la dinámica de las
poblaciones de esta especie: analizar los patrones de movimiento y selección de hábitat
de los individuos marcados con emisores y examinar las variaciones entre diferentes
sectores del parque y periodos del año; evaluar la exposición a potenciales riesgos de
mortalidad y proponer medidas para aliviar tales riesgos; Integrar los datos de lecturas
de anillas con los proporcionados por los emisores de seguimiento remoto para generar
estimas de supervivencia y desarrollar modelos poblacionales matriciales, así como
ejecutar análisis de elasticidad que permitan evaluar el funcionamiento demográfico de la
población, su capacidad de auto-sostenimiento, su tasa de crecimiento y los factores que
la determinan bajo diferentes escenarios de manejo.
– Monitorear la distribución y uso del hábitat y del espacio por parte del Búho real
(Bubo bubo), a través de búsqueda de nidos y radioseguimiento con emisores GPS, a fin
de examinar su contribución al actual estatus de la población. El Búho real es un
potencial depredador de pollos y adultos de Milano Real.
– Contribuir con recursos propios de personal: dos Científicos/as Titulares con
dedicación al 45-50 % durante tres años, y un/a Auxiliar de Investigación con dedicación
al 60 % durante tres años.
– Presentar un informe provisional anual recogiendo todas las actuaciones
realizadas y su evaluación, así como un informe final que contenga los productos
financiados. En dicho informe se incorporarán también propuestas de medidas de
gestión, así como una evaluación de la efectividad de las ya aplicadas.
– Asesorar según demanda de la Junta de Andalucía en temas relacionados con la
especie.
Habrá que tener en cuenta en el desarrollo de este convenio que las labores que
lleve a cabo el CSIC-EBD no se traduzcan en el desempeño de las tareas ordinarias de
esta administración y que deban ser realizadas por su propio personal. Por otro lado,
determinadas actuaciones más delicadas o que comprometan las actividades de la
autoridad administrativa no podrán ser desarrolladas por quienes no tengan competencia
en la materia.

cve: BOE-A-2024-3208
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Núm. 44