III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-3202)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del "Plan Director de Infraestructuras del Puerto Bahía de Algeciras".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de febrero de 2024

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b) Alteración del equilibrio de los bancos arenosos submareales, aumento de los
procesos erosivos y fenómenos de colmatación, como consecuencia de la alteración de
la dinámica litoral.
c) Operaciones de dragado y/o regeneración de playas.
d) Contaminación acústica marina. Se proponen limitaciones en el desarrollo de
ciertas actividades y en el uso de algunos equipos de sonar.
e) Garreo de las anclas de los buques fondeados motivado por el arrastre de los
eslabones de las cadenas de las anclas.
f) Introducción de especies exóticas.
Además, solicita al promotor que amplíe información sobre los siguientes aspectos:
la relación del Plan Director de Infraestructuras del Puerto Bahía de Algeciras con los
Planes de Gestión de los espacios de la Red Natura 2000, los problemas existentes
relacionados con los espacios protegidos de la Red Natura 2000, sus hábitats y
especies, los objetivos de protección medioambiental fijados para estos espacios, y los
probables efectos significativos en el medio ambiente derivados de la aprobación del
Plan Director de Infraestructuras del Puerto Bahía de Algeciras.
El Servicio de Coordinación y Gestión RENPA de la Junta de Andalucía considera
que la aprobación del Plan Director de Infraestructuras supondrá una afección directa
sobre el HIC 1170 «Arrecifes». Por este motivo y conforme al artículo 46.3 de la
Ley 42/2007, de 13 de diciembre, que establece que los órganos competentes deberán
adoptar las medidas necesarias para evitar el deterioro o la contaminación de los
Hábitats de Interés Comunitario (HIC) dentro y fuera de la Red Natura 2000, solicita
describir y cuantificar específicamente la afección sobre el citado hábitat derivada de la
Alternativa 4 seleccionada, tanto por afección directa por ocupación, como en las áreas
próximas, así como establecer las medidas oportunas para minimizar dicha afección o
implementar medidas complementarias dirigidas a contrarrestar los efectos negativos del
Plan Director de Infraestructuras del Puerto Bahía de Algeciras, o bien a mejorar el
estado de conservación del mismo, y/o a aumentar el conocimiento del mismo.
Además, considera que no se ha analizado en el EsAE si, durante la fase de
explotación, la dinámica marina podría representar una amenaza a los HIC que se
encuentran en el entorno, tanto fuera como dentro de los límites de los espacios Red
Natura 2000, de acuerdo a lo indicado en sus respectivos Planes de Gestión.
Según el informe remitido por el Parque Natural del Estrecho de la Delegación
Territorial en Cádiz de la Junta de Andalucía, dada la cercanía a la zona de reserva del
Parque Natural del Estrecho y los motivos en los que se fundamenta dicha zonificación
en cuanto a los valores ecológicos que alberga, se podrían provocar alteraciones
significativas en las comunidades marinas que sustentan dicha zona de reserva. Así
mismo comunica que es de esperar que los efectos de la modificación del régimen de
corrientes y alteración de los procesos de transporte, sedimentación y limpieza,
consecuencia de la propuesta de crecimiento prevista, se sientan e incidan directamente
en la punta de San García y ensenada de Getares, dentro del ámbito del Parque Natural
del Estrecho. Se podrá generar una posible afección al hábitat de interés comunitario
presente en el ámbito del Parque, 1170 «Arrecifes», constituido por una gran
biodiversidad, donde la luz y las corrientes constituyen los principales factores
reguladores que, junto con la variedad morfológica de los sustratos, configuran un
escenario de gran valor ecológico.
FAPACSA en su alegación, aporta datos de los estudios que se llevaron a cabo con
el Programa de Seguimiento Ambiental del Proyecto «Desarrollo de Infraestructuras
Portuarias en el Exterior del Muelle de Isla Verde». En sus conclusiones considera
demostrado el daño que se ocasionó entonces con el citado proyecto, ya que tras el cual
en su entorno desaparecieron un gran número de especies protegidas y no protegidas.
Estima que en esta ocasión ocurrirá lo mismo en el interior del Parque Natural.
El promotor, en su respuesta, precisa que la afección a la integridad ecológica de los
sistemas naturales vendrá dada por la que se produzca sobre cada uno de los aspectos
ambientales en relación con los espacios naturales protegidos, desde la calidad del agua

cve: BOE-A-2024-3202
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Núm. 44