III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2024-3097)
Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P., para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Sábado 17 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES
3097

Resolución de 7 de febrero de 2024, de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con Tecnologías y
Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P., para la realización de prácticas
académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Tecnologías y Servicios
Agrarios, SA, S.M.E., M.P. han suscrito, con fecha 6 de febrero de 2024, un convenio
para que los alumnos de los programas de postgrado de la UIMP puedan realizar en
dicha entidad sus prácticas académicas externas curriculares o extracurriculares y
proyectos de fin de Máster, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 7 de febrero de 2024.–El Rector de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, O.A., P.D. (Resolución de 24 de abril de 2019), la Gerente, María Boloqui
Bastardés.
ANEXO
Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. y Tecnologías
y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P. para la realización de prácticas académicas
externas por parte de estudiantes de postgrado de la UIMP

De una parte, don Carlos Andradas Heranz, en nombre y representación de la
Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A. (en adelante UIMP) (entidad con NIF.
Q2818022B y domicilio social en calle Isaac Peral, 23, 28040 Madrid), en su condición
de rector magnífico, que actúa facultado por su nombramiento realizado por Real
Decreto 872/2021, de 5 de octubre, y haciendo uso de las atribuciones que tiene
conferidas en el artículo 12 del Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez
Pelayo, aprobado por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril.
Y, de otra parte, don Álvaro Aznar Forniés y doña Ana Gallego Alfonso,
representantes legales de Tecnologías y Servicios Agrarios, SA, S.M.E., M.P. (entidad
con NIF. A79365821 y domicilio social en calle Maldonado, 58, 28006 Madrid) en su
condición de Director RRHH y Organización y de Subdirectora de Selección, Formación y
Desarrollo y haciendo uso de los poderes otorgados ante el notario del Ilustre Colegio
Notarial de Madrid, don Antonio-Enrique Magraner Duart, mediante escritura de fecha 9
de octubre de 2020 y número de protocolo 2107 y escritura de fecha 18 de noviembre
de 2019 y numero de protocolo 2463, respectivamente, poderes que declaran no les han
sido revocados, ni disminuidos.
EXPONEN
I. Que la UIMP, creada por Decreto de 10 de noviembre de 1945, y regulada en la
actualidad por el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, aprobado
por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, está adscrita al Ministerio de Ciencia,
Innovación y Universidades de España y tiene personalidad jurídica y patrimonio propios.

cve: BOE-A-2024-3097
Verificable en https://www.boe.es

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