III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-3083)
Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado y la Autoridad Portuaria de Alicante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Sábado 17 de febrero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
3083

Resolución de 13 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del
Estado y la Autoridad Portuaria de Alicante.

La Abogada General del Estado y el Presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante
han suscrito un convenio de asistencia jurídica.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo
la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la
presente resolución.
Madrid, 13 de febrero de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones
con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
ANEJO
Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado
(Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía
General del estado) y la Autoridad Portuaria de Alicante
18 de enero de 2024.
REUNIDOS
De una parte, doña Consuelo Castro Rey, en su condición de Abogada General
del Estado, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 19/2023, de 17 de enero
(BOE núm. 15, de 18 de enero de 2023), quien actúa en virtud de la delegación conferida
a su favor por el Ministro de Justicia en el artículo 7.d) de la Orden JUS/987/2020, de 20
de octubre, sobre delegación de competencias.
De otra parte, don Luis Gonzaga Rodríguez González, actuando en nombre y
representación de la Autoridad Portuaria de Alicante, con domicilio social en avenida
de Perfecto Palacio de la Fuente, 3, 03001 Alicante, y NIF Q0367005F, en su condición
de Presidente, cargo para el que fue nombrado el 29 de septiembre de 2023 mediante
Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana en virtud de las facultades que le
corresponden, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre de 2023
mediante Orden TMA/1174/2023, de 26 de octubre.

Primero.
Que la Abogacía General del Estado es el Centro Directivo que tiene legalmente
atribuidas las competencias de asistencia jurídica al Estado y sus Organismos autónomos
y a los Órganos Constitucionales. Para el resto de entidades y organismos que constituyen
el sector público estatal, se prevé legalmente que la Abogacía General del Estado pueda
prestar asistencia jurídica mediante la oportuna formalización de un convenio.

cve: BOE-A-2024-3083
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