II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. TRIBUNAL DE CUENTAS. Destinos. (BOE-A-2024-3029)
Resolución de 10 de febrero de 2024, de la Presidencia del Tribunal de Cuentas, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas, convocado por Resolución de 12 de diciembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 42

Sábado 17 de febrero de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

TRIBUNAL DE CUENTAS
3029

Resolución de 10 de febrero de 2024, de la Presidencia del Tribunal de
Cuentas, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas
y excluidas al proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de
acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del
Tribunal de Cuentas, convocado por Resolución de 12 de diciembre de 2023.

De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, y en la base 7.1 de la Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Presidencia
de este Tribunal («Boletín Oficial del Estado» núm. 302, del día 19 de diciembre), por la
que se convoca proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre
y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Letrados del Tribunal de Cuentas,
Esta Presidencia resuelve:
Primero.
Aprobar las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas de la
participación en el referido proceso selectivo, figurando en el anexo de esta resolución la
relación de las personas excluidas, con indicación de las causas de exclusión.
Segundo.

Tercero.
La inclusión de las personas aspirantes en las listas de admitidas a las pruebas
selectivas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte del Tribunal
de Cuentas de que las mismas reúnen los requisitos exigidos en las bases de la
convocatoria. La acreditación y verificación del cumplimiento de dichos requisitos tendrá
lugar, para las personas aspirantes que superen la fase de oposición, en los términos

cve: BOE-A-2024-3029
Verificable en https://www.boe.es

Hacer pública, para general conocimiento, en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas
(https://sede.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/sede-electronica/EmpleoPublico/Oposiciones/),
la relación completa de personas aspirantes provisionalmente admitidas. Al objeto de
evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y
forma, las personas aspirantes habrán de comprobar que sus nombres constan
correctamente en la relación de admitidas, disponiendo de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín
Oficial del Estado», para, en su caso, poder subsanar el defecto o alegar su omisión en
dicha relación.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no alegasen la omisión o,
en su caso, el defecto observado, se considerarán definitivamente excluidas de la
participación en las pruebas selectivas.
Concluido dicho plazo, esta Presidencia dictará resolución aprobando y haciendo
públicas las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y, en su caso,
excluidas, en la sede electrónica del Tribunal de Cuentas.