II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. COMUNITAT VALENCIANA. Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2024-2984)
Resolución de 9 de febrero de 2024, de la Dirección General de Justicia, de la Consellería de Justicia e Interior, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo singularizado en el Servicio Común Procesal de Asuntos Generales de Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024
2.3

Sec. II.B. Pág. 18726

Acreditación de los requisitos.

Los requisitos deberán cumplirse el último día de plazo legal de presentación de
solicitudes y mantenerse hasta la resolución definitiva del concurso.
Tercera.

Solicitudes.

3.1 Las personas que deseen participar en el concurso deberán presentar solicitud
disponible en la sede electrónica GVA https://sede.gva.es/ y en la página web de la
Consellería de Justicia e Interior de acuerdo con lo que establece el artículo 14.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento común de las administraciones
públicas.
3.2 Las solicitudes se presentarán en el plazo de cinco días hábiles siguientes al de
la publicación simultánea de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y
el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana». Si dicha simultaneidad no fuese posible,
dicho plazo se contará a partir de la fecha de su publicación en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana».
3.3 Durante el plazo de presentación de solicitudes las personas concursantes
podrán modificar la petición de plazas mediante una nueva solicitud que anulará
totalmente la anterior. Para ello, deberán seguir los mismos pasos de su primera
inscripción. Transcurrido el plazo, ya no será posible la modificación.
3.4 Se tomará como la fecha y hora de entrada la registrada en el registro
electrónico de la Consellería de Justicia y, en caso de enviar sucesivas instancias, se
considerará válida la solicitud que tenga la fecha de entrada dentro del plazo con fecha
posterior, quedando anulada, por tanto, la solicitud que tenga la fecha de entrada
anterior. Las personas participantes no podrán anular o modificar el contenido de su
solicitud una vez finalizado el período de presentación.
3.5 La consignación de datos falsos en la instancia o en la documentación aportada
por los aspirantes supondrá la pérdida de plaza además de las medidas legales que
corresponda aplicar.
3.6 Las solicitudes tendrán carácter vinculante para los/las concursantes. No
obstante, podrá admitirse, en aquellos casos debidamente justificados, la renuncia a la
participación en el concurso teniendo como plazo hasta el último día de presentación de
alegaciones a la resolución provisional.
Las renuncias deberán ser presentadas a través de la en la sede electrónica GVA
https://sede.gva.es/ en el modelo adjuntado en su caso, debidamente escaneada la
documentación justificativa que consideren oportuna para acreditar la renuncia.
3.7 Con la solicitud se deberá adjuntar el modelo de declaración de los méritos y
capacidades que se aleguen.

4.1 Este concurso consta de dos fases que incluirán la totalidad de los méritos y
capacidades especificados en la base quinta de esta convocatoria.
4.2 Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes por la Comisión de Valoración establecida
en la base séptima, la cual durante el proceso de valoración podrá recabar las
aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estimen necesarias para
la comprobación de los méritos alegados.
4.3 La propuesta de resolución recaerá en la persona candidata que tenga la mayor
puntuación en la valoración de los méritos de ambas fases.
4.4 En caso de empate en el conjunto del concurso, este se dirimirá en función de
la mayor puntuación obtenida en el apartado de antigüedad.

cve: BOE-A-2024-2984
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta. Fases del concurso y propuesta de resolución.