III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2024-2987)
Resolución de 8 de febrero de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alicante, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 18742

Por su parte, la Universidad de Alicante goza de autonomía, de acuerdo con el
artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, de Sistema
Universitario. El artículo 3.2.q) de esta última norma establece que dicha autonomía
comprende, entre otros aspectos «el establecimiento de relaciones con otras
universidades, instituciones, organismos, Corporaciones de Derecho Público,
Administraciones Públicas o empresas y entidades locales, nacionales e internacionales,
con el objeto de desarrollar algunas de las funciones que le son propias a la
Universidad».
III. Que el Instituto Cervantes y la Universidad de Alicante suscribieron el 24 de
febrero de 2020 un convenio para la realización de prácticas académicas externas de
sus estudiantes y es voluntad de las partes suscribir el presente convenio con el fin de
actualizar la anterior colaboración y mantener la cooperación en el desarrollo de un
programa de prácticas académicas externas para que los estudiantes de la Universidad
puedan realizar prácticas curriculares y extracurriculares, no remuneradas en las sedes
del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior, que les permitan aplicar
y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica, favoreciendo
la adquisición de competencias que les preparen para el ejercicio de actividades
profesionales, faciliten su empleabilidad y fomenten su capacidad de emprendimiento.
IV. Que el presente convenio se rige por lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio (BOE de 30 de julio), por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios y otras normas complementarias que puedan
resultar de aplicación.
V. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio ajusta su
contenido al modelo autorizado por la Secretaría General Técnica del Ministerio de
Hacienda y Función Pública en fecha 7 de diciembre de 2023.
VI. Que el Consejo de Administración del Instituto Cervantes en sesión de fecha
de 16 de junio de 1995 aprobó los criterios básicos para la firma de convenios con
universidades y otras instituciones académicas.
De acuerdo con lo anterior, ambas partes, dado que sus fines son concurrentes o
complementarios, formalizan el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer líneas de colaboración entre el Instituto
Cervantes y la Universidad de Alicante (en adelante, la Universidad) para la realización
de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, no remuneradas de
estudiantes matriculados o que se encuentren cursando estudios en la Universidad, en
las sedes del Instituto Cervantes en Madrid o en sus centros en el exterior.
Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.

En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
La Universidad asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la convocatoria
de prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa aplicable, así
como con su normativa y procedimientos internos, conforme a los principios de
transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades, bajo la
dirección y coordinación del responsable de prácticas externas de la Universidad.
El Instituto Cervantes podrá acoger en prácticas a los estudiantes de la Universidad
finalmente aceptados por el Instituto, previa solicitud realizada por los responsables de
prácticas de la Universidad.

cve: BOE-A-2024-2987
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.