III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-3007)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VII Convenio colectivo de industrias de ferralla 2023-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 19003

– Representación de los trabajadores. Derechos y obligaciones (delegados de
prevención, comité de seguridad y salud, trabajadores designados, etc.).
E) Primeros auxilios.
– Procedimientos generales.
– Plan de actuación.
Artículo 86. Contenido formativo para delegados de prevención.
1. El contenido formativo deberá ser concordante con el mandato del artículo 37.2 y
las facultades del artículo 36.2, ambos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de
Prevención de Riesgos Laborales.
2. El contenido formativo para delegados de prevención, cuyo módulo tendrá una
duración mínima de 60 horas, se esquematiza de la siguiente forma:
A)

Conceptos básicos sobre seguridad y salud.

– El trabajo y la salud. Los riesgos profesionales. Factores de riesgo.
– Daños derivados del trabajo. Los accidentes de trabajo y las enfermedades
profesionales. Otras patologías derivadas del trabajo.
– Marco normativo básico en materia de prevención de riesgos laborales. Deberes y
obligaciones básicos en esta materia.
B)

Riesgos generales y su prevención.

– Riesgos ligados a las condiciones de seguridad.
– Riesgos ligados al medio ambiente del trabajo.
– La carga del trabajo, la fatiga y la insatisfacción laboral.
– Sistemas elementales de control de riesgos. Medios de protección colectiva y
equipos de protección individual.
– Planes de emergencia y evacuación.
– El control de la salud de los trabajadores.
C)

Riesgos específicos y su prevención en el sector de la construcción.

– Diferentes fases de obra y sus protecciones correspondientes (redes, barandillas,
andamios, plataformas de trabaja, escaleras, etc.).
– Implantación de obra. Locales higiénico sanitarios, instalaciones provisionales, etc.
D)

Elementos básicos de gestión de la prevención de riesgos.

– Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.
– Organización preventiva del trabajo: «rutinas» básicas.
– Documentación: recogida, elaboración y archivo.
– Representación de los trabajadores. Derechos y obligaciones (delegados de
prevención, comité de seguridad y salud, trabajadores designados, etc.).
Primeros auxilios.

– Procedimientos generales.
– Plan de actuación.

cve: BOE-A-2024-3007
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E)