III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2024-2995)
Resolución 420/38041/2024, de 9 de febrero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Balearia Eurolíneas Marítimas, SA, sobre bonificación a cargo del estado de las tarifas comerciales de pasaje marítimo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 18795

En el caso de las liquidaciones al Ejército del Aire y del Espacio:
– Oficina contable: E02926602 Subdirección General de Contabilidad.
– Unidad tramitadora y Órgano gestor: Sección de Gestión Económica-Administrativa
DAE-EA. NIF S2822001-J.
– Código DIR3: EA0003032.
Las liquidaciones por reembolso de bonificaciones se recibirán a través del Punto
General de entrada de facturas electrónicas.
La Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, el Ejército de
Tierra, la Armada y el Ejército del Aire y del Espacio, notificarán por escrito a la empresa
cualquier variación de los datos consignados en los párrafos anteriores, considerándose
válida toda remisión de liquidaciones a los citados órganos económicos, en tanto no se
hubiere recibido una notificación de modificación de datos.
Dichas liquidaciones indicarán el importe total a pagar por las bonificaciones
correspondientes a los servicios adquiridos y efectivamente realizados por los usuarios
durante cada mes, e irán acompañadas de un fichero con al menos los siguientes
campos:
Campo. 1:

T.I.M. (11 números y 1 letra) y fecha caducidad.

Campo. 2:

N.º de billete.

Campo. 3:

Localizador.

Campo. 4:

Trayecto.

Campo. 5:

Fecha compra de billete.

Campo. 6:

Titular del billete.

Campo. 7:

Acomodación.

Campo. 8:

Tarifa cobrada por el billete para pasajero (conforme punto 1.1.1).

Campo. 9:

Porcentaje de bonificación aplicado en tarifa cobrada por el billete para pasajero
(conforme punto 1.1.1).

Campo. 10: Tarifa cobrada por el vehículo.
Campo. 11: Porcentaje de bonificación aplicado en tarifa cobrada por el vehículo.
Importe a abonar por la Subdirección General de Servicios Económicos y
Pagadurías, el Ejército de Tierra, la Armada o el Ejército del Aire y del Espacio.

Se mantendrá esta manera de liquidar el reembolso de bonificaciones en tanto no
sea notificada por escrito su modificación.
El pago de las liquidaciones así comunicadas se regirá por lo dispuesto en la Orden
PRE/1576/2002, de 19 de junio, por la que se regula el procedimiento para el pago de
obligaciones de la Administración General del Estado. Los órganos competentes de la
Subdirección General de Servicios Económicos y Pagadurías, el Ejército de Tierra, la
Armada y el Ejército del Aire y del Espacio responsables del pago de los gastos de
bonificaciones en tarifas de pasaje de transporte marítimo procurarán que, una vez
reconocida la obligación, el cierre de los expedientes de pago no supere los treinta (30) días.
Los servicios de intervención competentes del MINISDEF podrán comprobar,
consultar o solicitar cuanta información precisen del sistema informático de la empresa
que sirve de soporte para las liquidaciones mensuales.
Los organismos competentes del MINISDEF, tras el reconocimiento de la obligación,
formalizarán las correspondientes propuestas de pago a favor de la empresa.
CIF: A53293213.

cve: BOE-A-2024-2995
Verificable en https://www.boe.es

Campo. 12: