II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE DEFENSA. Destinos. (BOE-A-2024-2962)
Resolución 400/38043/2024, de 12 de febrero, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 400/38298/2023, de 10 de julio, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución 400/38079/2023, de 22 de febrero.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. II.A. Pág. 18683

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE DEFENSA
2962

Resolución 400/38043/2024, de 12 de febrero, de la Subsecretaría, por la que
se modifica la Resolución 400/38298/2023, de 10 de julio, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución 400/38079/2023,
de 22 de febrero.

Por Resolución 400/38298/2023, de 10 de julio (BOE núm. 171, de 19 de julio), de
la Subsecretaría de Defensa se resolvió el concurso específico convocado por
Resolución 400/38079/2023, de 22 de febrero (BOE núm. 63, de 15 de marzo).
Por Resolución de la Subsecretaria de Defensa EE/10/J-070-29-02, se estima el
recurso de alzada interpuesto por don Javier Jabón Martín, admitiendo la documentación
presentada por el funcionario y permitiendo su participación en el concurso.
Reunida la Comisión de Valoración y tras la valoración de los méritos alegados, don
Javier Jabón Martín resulta adjudicatario de un puesto.
Esta Subsecretaría resuelve:
Primero.
Modificar el anexo I de la Resolución 400/38298/2023, de 10 de julio, por la que se
resuelve el concurso específico convocado por Resolución 400/38079/2023, de 22 de
febrero, para la provisión de puestos de trabajo en este Departamento adjudicando el
puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución al funcionario
don Javier Jabón Martín, con la puntuación expresada en el mismo y efectos
administrativos y económicos de 21 de julio de 2023, primer día hábil para formalizar la
toma de posesión del puesto adjudicado conforme a la Resolución 400/38298/2023,
de 10 de julio.

El plazo de toma de posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o supone el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a computarse a partir del día siguiente al del
cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de
esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso
comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse
desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios, se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias que hayan sido concedidos al interesado salvo que por causas justificadas, el
órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los
funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará
el cese y la toma de posesión en el nuevo destino, sin que por ello finalice la licencia que
tengan concedida.
Tercero.
El destino adjudicado tendrá la consideración de voluntario y, en consecuencia, no
generará derecho a indemnización por concepto alguno. El puesto obtenido será
irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, el interesado

cve: BOE-A-2024-2962
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Segundo.