III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2024-2997)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para la cesión de información de carácter tributario a las Cámaras Oficiales para el ejercicio de sus funciones público-administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 18803

Reconociéndose ambas partes la capacidad legal necesaria para formalizar el
presente convenio, en uso de las atribuciones que les confieren, respectivamente, el
artículo 103.tres.2 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, y los artículos 28 y 29 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de
las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, a tal
efecto realizan la siguiente
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Agencia Estatal de Administración Tributaria es una Entidad de Derecho Público
encargada, en nombre y por cuenta del Estado, de la aplicación efectiva del sistema
tributario estatal y del aduanero y de aquellos recursos de otras Administraciones y
Entes Públicos nacionales o de la Unión Europea cuya gestión se le encomiende por ley
o por convenio.
La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España es una
Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines que le encomienda la Ley 4/2014, de 1 de abril,
Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación. Está
integrada por representantes de las Cámaras de Comercio de las Comunidades
Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, las grandes empresas de mayor contribución,
las organizaciones empresariales y de autónomos, los Ministerios por razón de la
competencia y las Federaciones de las Cámaras Oficiales españolas en el extranjero, y
es el organismo de representación, relación y coordinación de las mismas. Además,
desarrolla funciones públicas, en especial las que se relacionan directa e indirectamente
en las letras d) a i) del artículo 21.1 de la Ley 4/2014.
Las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación son
Corporaciones de Derecho Público con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar
para el cumplimiento de sus fines y que, cuando actúan en el ejercicio de las funciones
administrativas o de carácter público-administrativo encomendadas por las leyes, tienen
la consideración de Administraciones públicas.
El 25 de noviembre de 2019 se firmó entre la Agencia Estatal de Administración
Tributaria y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España
un convenio por el que se estableció un marco general de colaboración sobre las
condiciones y procedimientos por los que se debe regir la cesión de información de la
Agencia Tributaria a las Cámaras Oficiales y a la Cámara de España, preservando en
todo caso los derechos de las personas a quienes se refiera dicha información.
De acuerdo con la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, la cláusula
decimosexta del convenio dispone su vigencia durante cuatro años, si bien los firmantes
pueden acordar, antes del vencimiento del plazo, una prórroga expresa por un período
de hasta cuatro años.
Por otra parte, durante el tiempo transcurrido desde la firma del convenio se han
producido modificaciones normativas y se han adoptado mejoras en materia de control y
seguridad de los datos suministrados y de tratamiento de los datos de carácter personal
que permiten un enunciado de las cláusulas del convenio más adecuado a las normas
vigentes, tanto europeas como nacionales, sobre protección de datos de carácter
personal y sobre seguridad de la información, por lo que se introducen mediante esta
adenda las modificaciones pertinentes junto al acuerdo de prórroga del convenio.
cve: BOE-A-2024-2997
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Núm. 41