III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-2988)
Resolución de 12 de febrero de 2024, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Fundación Comillas del Español y de la Cultura Hispánica, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 41

Viernes 16 de febrero de 2024
Segunda.

Sec. III. Pág. 18750

Convocatoria de las prácticas y criterios de selección del estudiante.

En función de las necesidades del Instituto Cervantes y las disponibilidades de
estudiantes, se determinará de común acuerdo el número de estudiantes que pueden
realizar las prácticas en el Instituto Cervantes.
La Fundación Comillas asumirá y gestionará todos los aspectos formales de la
convocatoria de prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo con la normativa
aplicable, así como con su normativa y procedimientos internos, conforme a los
principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de
oportunidades, bajo la dirección y coordinación del responsable de prácticas externas de
la Fundación Comillas.
El Instituto Cervantes podrá acoger en prácticas a los estudiantes de la Fundación
Comillas finalmente aceptados por el Instituto, previa solicitud realizada por los
responsables de prácticas de la Fundación Comillas.
Tercera. Desarrollo de las prácticas.
El desarrollo de las prácticas estará sujeto al régimen que se establece en el
presente convenio. Los detalles concretos de cada una de las prácticas, se recogerán en
anejos, que se incorporarán al convenio, de acuerdo con lo establecido en el modelo que
forma parte del presente convenio.
En dichos anejos se establecerán, entre otros, los datos referentes al estudiante,
duración y período de la práctica, el régimen de permisos a que tenga derecho, junto con
los datos identificativos del tutor de la Fundación Comillas y el del Instituto Cervantes, el
proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante, las condiciones de
rescisión anticipada de la práctica y la protección de sus datos.
El anejo relativo a las prácticas, será firmado por la Fundación Comillas, por el
Instituto Cervantes y por el estudiante.
Cuarta. Dirección y supervisión de las prácticas.
El estudiante desarrollará su estancia en prácticas bajo la dirección conjunta del tutor
académico de la Fundación Comillas y del tutor del Instituto Cervantes.
El tutor del Instituto Cervantes establecerá las tareas a llevar a cabo por el
estudiante, supervisará y orientará las actividades del estudiante y realizará un informe
final sobre las aptitudes que haya demostrado durante su estancia en prácticas en el
Instituto Cervantes, que remitirá al tutor académico de la Fundación Comillas.
El estudiante será evaluado por las prácticas desarrolladas por el tutor académico de
conformidad con los procedimientos que establezca la Fundación Comillas.
El Instituto Cervantes se reserva la facultad de rescindir la estancia del estudiante en
caso de no respetar lo previsto en este convenio y/o en el anejo correspondiente.
Los tutores de ambas partes se facilitarán, recíprocamente el acceso a sus
respectivas entidades para el cumplimiento de los fines propios de su función.
Relación del estudiante con el Instituto Cervantes.

El estudiante no tendrá, durante la realización de estas prácticas, ningún vínculo
laboral con el Instituto Cervantes ni se integrará dentro de la estructura del mismo.
Durante su estancia en prácticas en el Instituto Cervantes, el estudiante respetará las
normas fijadas por el Instituto Cervantes relativas a horarios, normas de funcionamiento,
seguridad y prevención de riesgos laborales y realizará con diligencia las actividades
contenidas en su Proyecto Formativo de prácticas siguiendo las indicaciones del tutor
asignado por el Instituto Cervantes bajo la supervisión del tutor de la Fundación
Comillas.
Igualmente, el estudiante deberá guardar con absoluto rigor deber de
confidencialidad y no utilizar en ningún caso las informaciones recogidas en el Instituto
Cervantes con el objeto de dar publicidad o comunicación a terceros. Este compromiso

cve: BOE-A-2024-2988
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.