III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2024-2947)
Resolución de 8 de febrero de 2024, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Xunta de Galicia, para la mejora del conocimiento de la infección por el VIH en Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Jueves 15 de febrero de 2024

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de investigación sobre la epidemiología molecular del VIH-1 en Galicia, que describa la
prevalencia de infecciones por las distintas formas genéticas del VIH-1 y la frecuencia de
su agrupamiento en clústeres, sus asociaciones con variables epidemiológicas,
características biológicas asociadas a mayor virulencia y mutaciones asociadas a
respuesta disminuida a fármacos antirretrovirales, así como la dinámica de expansión de
dichos clústeres, en pacientes que están siendo atendidos en los hospitales
dependientes de la Consellería de Sanidade de la Xunta de Galicia.
II. Que en dicho convenio se establecía su vigencia hasta el 30 de diciembre
de 2023, y según su cláusula duodécima pudiéndose prorrogar expresamente por un año
adicional, antes de su finalización, conforme al artículo 49.h) de la Ley 40/2015 del RJSP.
En base a lo expuesto y dado que persisten las circunstancias que, en su día, dieron
lugar a la firma del convenio, ambas partes
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar el convenio del 27 de marzo de 2023 por un periodo de un (1) año
adicional, con efectos del 31 de diciembre de 2023 y vigencia hasta el 30 de diciembre
de 2024. Surtirá efectos una vez inscrito en el Registro electrónico estatal de
Instrumentos y Órganos de Cooperación. Se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».
Segundo.
La Consellería de Sanidade abonará al ISCIII por las actividades desarrolladas por
éste durante la vigencia de la presente prórroga un total de 10.315,50 € con cargo a la
partida presupuestaria 1202.413A.640.4 de los Presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Galicia para el año 2024 y que se ingresarán mediante la certificación o
nota de cargo debidamente conformada por la Consellería de Sanidade, junto con una
memoria correspondiente con los trabajos realizados en el periodo comprendido entre la
firma de la prórroga y la finalización del año.
Tercero.
En todo lo no modificado por la presente Adenda seguirán siendo de aplicación la
totalidad de los acuerdos, condiciones y obligaciones asumidas por las partes en el
Convenio cuyo contenido las partes expresamente ratifican.

cve: BOE-A-2024-2947
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente Adenda, en la fecha
anteriormente indicada.–Por la Consellería de Sanidade, Julio García Comesaña.–Por el
Instituto de Salud Carlos III., Cristóbal Belda Iniesta.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X