II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA. Funcionarios de la Administración del Estado. (BOE-A-2024-2889)
Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre designación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Jueves 15 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 18430

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA
2889

Resolución de 6 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
convoca la provisión de puestos de trabajo por el sistema de libre
designación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en uso de las atribuciones
conferidas a esta Subsecretaría por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, se efectúa convocatoria para la provisión de
puestos de trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Los puestos de trabajo ofertados en el anexo I podrán ser solicitados por los
funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de estos.
Segunda.
Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria se dirigirán a la Subsecretaría
de Vivienda y Agenda Urbana, Subdirección General de Recursos Humanos, Paseo de
la Castellana 67 (Nuevos Ministerios) 28071 Madrid, ajustándose al modelo publicado
como anexo II a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a
contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del
Estado» a través de la sede electrónica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana:
https://sede.mitma.gob.es o en los registros a los que se refiere el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Tercera.
A cada instancia se acompañará el curriculum vitae, en el que figuren títulos
académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración,
estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno.
Cuarta.

Quinta.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe,
potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el
mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes (artículo 123 y 124 de
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas) o recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma

cve: BOE-A-2024-2889
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007,
de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, la Administración
Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato entre hombres y mujeres, por lo
que se refiere al acceso al empleo, a la formación profesional y a las condiciones de
trabajo.