II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Destinos. (BOE-A-2024-2861)
Orden DCA/127/2024, de 9 de febrero, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden DCA/1429/2023, de 19 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 40

Jueves 15 de febrero de 2024

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
2861

Orden DCA/127/2024, de 9 de febrero, por la que se resuelve la convocatoria
de libre designación, efectuada por Orden DCA/1429/2023, de 19 de
diciembre.

Por Orden DCA/1429/2023, de 19 de diciembre (BOE del 1 de enero), se anunció
convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, un puesto de
trabajo en este Departamento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la
tramitación que exige el capítulo III, del título III, del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio
de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, comprobado el
cumplimiento por parte de la candidata elegida de los requisitos y especificaciones
exigidos en la convocatoria, este Ministerio ha dispuesto resolver la referida
convocatoria, de acuerdo con el informe de la unidad proponente, según se detalla en el
anexo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el
artículo 48 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta
el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los
Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 9.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.

cve: BOE-A-2024-2861
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de febrero de 2024.–El Ministro de Derechos Sociales, Consumo y
Agenda 2030 P.D. (Orden DSA/383/2020, de 29 de abril), el Subsecretario, Rubén Baz
Vicente.