III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-2824)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universitat Rovira i Virgili, para la realización de prácticas académicas externas.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 17957

II. La cláusula décima del citado Convenio establece que la modificación del
convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.
De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente
competencia y capacidad legal suficientes,
ACUERDAN
Primera. Objeto de la adenda.
El objeto de la presente adenda es la modificación de la cláusula sexta del Convenio.
Segunda. Modificación de la cláusula sexta del Convenio entre la Universitat Rovira i
Virgili y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.
La cláusula sexta queda redactada del siguiente modo:
«La Universitat Rovira i Virgili y la Intervención General de la Administración
del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que
este documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes
obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que
se establece.
En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de
marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas,
la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de
sostenibilidad del sistema público de pensiones, se acuerda que la obligación de
alta y cotización en la Seguridad Social corresponde a la Universitat Rovira i Virgili
y no a la IGAE.»
Tercera.

Eficacia.

La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universitat Rovira i Virgili
y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez
inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del
sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Cuarta. Condiciones de colaboración.

De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que
son titulares los firmantes, suscriben la presente adenda de modificación al Convenio
anteriormente indicado–Por la Intervención General de la Administración del Estado
(IGAE), el Interventor General de la Administración del Estado (P. D. apartado
Séptimo.2.a) 3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre), Pablo Arellano
Pardo.–Por la Universitat Rovira i Virgili, el rector de la Universitat, Josep Pallarès
Marzal.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-2824
Verificable en https://www.boe.es

Mantener el ámbito y alcance de la colaboración en los mismos términos y
condiciones excepto lo dispuesto en la cláusula sexta que se modifican mediante la
presente Adenda.