III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2830)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Mizar, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Mizar, de 20,6 MW de potencia, y sus infraestructuras de evacuación, en Biota y Ejea de los Caballeros (Zaragoza).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

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proyecto. A tal fin, se remitió propuesta de resolución a la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia al objeto de que emita el correspondiente informe teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor.
El promotor aporta, con fecha 18 de enero de 2023, acuerdo de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea en materia de servidumbres aeronáuticas, de fecha 28 de julio de 2021,
de autorización a la instalación del parque eólico Mizar y el uso de una grúa móvil, en los
términos municipales de Ejea de los Caballeros y Biota, provincia de Zaragoza
(expediente P21-0182) y solicitud de modificación de la precitada autorización, con
fecha 16 de enero de 2024, en los términos de la DIA. Asimismo, aporta:
– Acuerdo, de fecha 29 de diciembre de 2023, de titularidad de infraestructuras de
evacuación compartidas cedidas por Energía Inagotable de UME, SL a favor de Energía
Inagotable de Tebe, SL y Energía Inagotable de Telemaco, SL.
– Actualización, de fecha 30 de octubre de 2023, del Permiso de Conexión a la Red
de Transporte por modificación de las características de las infraestructuras comunes de
evacuación en el nudo.
– Memoria explicativa de adaptación del proyecto «PE Mizar» a los condicionados
de la Declaración de Impacto Ambiental, de fecha enero de 2024.
Considerando que la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, dispone, entre las
obligaciones de los productores de energía eléctrica, el desarrollo de todas aquellas
actividades necesarias para producir energía eléctrica en los términos previstos en su
autorización y, en especial, en lo que se refiere a seguridad, disponibilidad y
mantenimiento de la potencia instalada y al cumplimiento de las condiciones
medioambientales exigibles.
La citada autorización se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones
que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a
cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin
perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución
de la obra.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,
Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:
Único.

– Tipo de tecnología: eólica.
– Potencia instalada, según artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de
junio: 20,6 MW.
– Modelo de aerogenerador: SGRE 170 y SGRE 155.
– Número de aerogeneradores: 2 aerogeneradores SGRE 170 de 7 MW de potencia
unitaria, rotor tripala de 170 m de diámetro y altura de buje de 115 m y 1 aerogenerador

cve: BOE-A-2024-2830
Verificable en https://www.boe.es

Otorgar a Energía Inagotable de Mizar, SL autorización administrativa previa para el
parque eólico Mizar, de 20,6 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación
a 30 kV, que seguidamente se detallan, con las características definidas en el
anteproyecto «PE Mizar», fechado en junio de 2021, y con las particularidades recogidas
en la presente resolución.
El objeto del proyecto es la construcción de un parque eólico para la generación de
energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Sus características principales, a raíz de la evaluación de impacto ambiental
practicada, son las siguientes: