III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-2817)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en la Oficina General de Langreo, para el funcionamiento de la misma conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 39

Miércoles 14 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 17938

Langreo, en aplicación de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la
Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en la oficina del Registro Civil del partido
judicial de Langreo, de la aplicación informática denominada Dicireg, del Ministerio de
Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones
contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00 horas del 11 de marzo de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática Dicireg.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la encargada y el personal que presta
servicio en la oficina reseñada, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
Segundo.
1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación Dicireg, el Registro
Civil de Langreo pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Langreo,
según resulta creada en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria octava y en la
disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de
aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle la
Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción, de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que
se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática Dicireg, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011,
de 21 de julio, modificada por la Instrucción, de 3 de junio de 2022, de la Dirección General
de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás instrucciones, circulares y resoluciones que
han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de la Ley 20/2011.
Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de Dicireg, esté
prestando servicios en el Registro Civil de Langreo, continuará desarrollando sus
funciones en la oficina del Registro Civil, según lo establecido en la disposición transitoria
octava de la Ley 20/2011, de 21 de julio y en esta resolución, aplicando las normas
reseñadas en el artículo segundo.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública regulará, en uso de las
atribuciones comprendidas en el artículo 26 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, los
protocolos e instrucciones que resulten oportunos para el mejor desempeño del servicio.
Quinto.
La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de febrero de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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Cuarto.