I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2024-2774)
Orden TED/113/2024, de 9 de febrero, por la que se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 17322

TED/371/2021, de 19 de abril, por la que se establecen los precios de los cargos del
sistema eléctrico y de los pagos por capacidad que resultan de aplicación a partir del 1
de junio de 2021, y tras las actualizaciones correspondientes en base a las metodologías
existentes de dichos precios regulados en 2022 y 2023, resulta necesaria la
actualización de dichos precios regulados para ajustarse a las nuevas necesidades de
recaudación previstas para el ejercicio 2024, habida cuenta de la previsión de costes del
sistema eléctrico correspondientes a dicho ejercicio.
En el caso de los peajes de transporte y distribución de electricidad, en aplicación de
la metodología prevista en la Circular 3/2020, de 15 de enero, recientemente se ha
aprobado la resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, por la que se establecen los valores de los peajes de
acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad de aplicación a partir del 1
de enero de 2024.
Por su parte, el artículo 7 del Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo de 2021,
establece que los cargos previstos para cada ejercicio se establecerán mediante Orden
de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, previo Acuerdo de la
Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
En virtud del referido mandato, es objeto de esta orden fijar los precios de los cargos
del sistema eléctrico que resultan de aplicación al ejercicio 2024. En este sentido debe
tenerse en cuenta que, como consecuencia de la aprobación del Real Decretoley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las
consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente
Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, el cual contiene un conjunto de
preceptos normativos con impacto directo en la determinación de los cargos del sistema
eléctrica, el propio real decreto-ley ha previsto, en su artículo 40, la prórroga de los
cargos aprobados por medio de la Orden TED/1312/2022, de 23 de diciembre, por la que
se establecen los precios de los cargos del sistema eléctrico de aplicación a partir del 1
de enero de 2023 y se establecen diversos costes regulados del sistema eléctrico para el
ejercicio 2023, en tanto se tramitan y se aprueban los fijados por medio de esta orden
ministerial.
Para la determinación de los precios de los cargos, se ha empleado la metodología
fijada en el artículo 6 del referido real decreto que tiene en cuenta, entre otros aspectos,
la energía y potencias contratadas previstas para el año de aplicación, los coeficientes
de energía y de potencia para cada segmento tarifario de cargos aprobado en el anexo
de la referida norma, y el coste previsto correspondiente a los conceptos que deben
sufragarse a través de los ingresos percibidos a través de los cargos incorporados como
coste regulado en la factura de la electricidad.
Además, de manera excepcional para el ejercicio 2024, debe tenerse en cuenta lo
previsto en los artículos 23 y 39 del referido Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de
diciembre, en el que se incluyen determinados preceptos regulatorios con a tener en
cuenta en la determinación de los cargos del sistema eléctrico.
Igualmente, por medio de esta orden (y de conformidad con lo establecido en la
disposición adicional primera del Real Decreto 148/2021, de 9 de marzo) se procede a
actualizar los segmentos tarifarios específicos para la actividad ligada a la prestación de
servicios de recarga energética de vehículos. Dichos segmentos se han configurado de
tal forma que se recupere el 100 % de los cargos a través del término de energía.
II
Además, cabe destacar que la disposición final sexta del Real Decreto 148/2021,
de 9 de marzo, ha establecido un nuevo mandato en relación a los pagos por capacidad,
de tal forma que los precios unitarios de aplicación para la financiación de los mismos
deberán actualizarse para cada ejercicio en la orden ministerial por la que se publican los
cargos para el periodo de referencia. Asimismo, esta revisión se realizará de manera que

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Núm. 39