III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Sanidad animal. (BOE-A-2024-2745)
Resolución de 8 de febrero de 2024, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agroalimentaria y Bienestar Animal, por la que se modifican los Anexos I y II de la Orden APA/1251/2020, de 21 de diciembre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.
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Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 17124

2. La Comunidad Autónoma de Cataluña.
3. La Comunidad Foral de Navarra.
4. La Comunidad Autónoma del País Vasco».
La presente resolución no agota la vía administrativa, y contra ella podrá recurrirse,
en alzada, ante el Sr. Secretario General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria,
en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga
lugar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en
los artículos 121 y concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-2745
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 8 de febrero de 2024.–El Director General de Sanidad de la Producción
Agroalimentaria y Bienestar Animal, Valentín Almansa de Lara.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X