II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado. (BOE-A-2024-2678)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 16788

artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y con la
Instrucción conjunta de las Secretarías de Estado de Hacienda y Presupuestos y para la
Función Pública de 17 de noviembre de 2010, el Tribunal elaborará una lista de personas
candidatas con todas las personas aspirantes que hayan superado al menos un ejercicio
de la fase de oposición, ordenadas por la suma total de la puntuación obtenida en cada
uno de los ejercicios aprobados, con la finalidad de que la selección de personal
funcionario interino del Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado se pueda realizar
con esta lista de personas candidatas mediante procedimientos ágiles.
7.2 Para poder iniciar el procedimiento de gestión de la lista de personas
candidatas será necesaria la autorización de la Dirección General de la Función Pública.
7.3 Este procedimiento de selección de personal funcionario interino se hará
público en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
8. Solicitudes
8.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial
de admisión 790, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso
General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de
acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021,
de 30 de marzo (BOE del 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de
actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos y en la Orden
APA/76/2020, de 20 de enero (BOE del 30 de enero), por la que se establece la
obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a
los cuerpos y escalas de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya
selección corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de Octubre y en la Orden APA 76/2020, en caso de incidencia técnica
que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se
solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos
no vencidos, y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del
servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://
administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo
necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica
Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el
plazo de referido.
La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación.
En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias,
disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.
b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los
términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen

cve: BOE-A-2024-2678
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Núm. 38