II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado. (BOE-A-2024-2678)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.
37 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 16796

2. Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición, quienes participen por el turno de promoción interna
y la hubieran superado, dispondrán de un plazo de veinte días hábiles, a contar desde la
publicación del listado de personas aspirantes que han superado la fase de oposición,
para presentar el certificado de requisitos y méritos (anexo VI), debidamente expedido
por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o hayan prestado
sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Si alguna de las personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario
de carrera, en servicio activo en la Administración del Estado en el Cuerpo o Escala
desde el que participa por promoción interna, únicamente va a solicitar la valoración de
los méritos que figuren inscritos en el Registro Central de Personal, podrá autorizar a la
Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del
plazo establecido para presentar la documentación, deberá dar su conformidad
cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VII de esta resolución.
Esta fase no tiene carácter eliminatorio.
Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la
convocatoria.
2.1

Se valorarán como méritos los siguientes conceptos:

a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera en cuerpos o escalas
del subgrupo A2: se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y
reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del
artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un
máximo de 12 puntos.
b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se
tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través
del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o
Escala desde el que se participa en estas pruebas.
Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:

c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados en
el Registro Central de Personal o sistema análogo, acreditados y recibidos en los
últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en
cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior
a 15 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta convocatoria.
Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo VI
de esta resolución.
La calificación final del concurso-oposición, por el sistema de promoción interna,
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y
en la de concurso.

cve: BOE-A-2024-2678
Verificable en https://www.boe.es

Grado personal igual o superior al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual o inferior al 18: 0,75 puntos.