III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2749)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy Tordesillas 3, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Elawan Tordesillas III", de 50,067 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Villalar de los Comuneros (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de febrero de 2024
Sec. III. Pág. 17181
Minas, de 18 de abril de 2023, por la que se otorga a Azor Power, SL autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica «Centauro 1», de 51,725 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en el término municipal de
Villalar de los Comuneros, en la provincia de Valladolid, así como Resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas, de 17 de enero de 2024, por la que se
otorga a Azor Power, SL autorización administrativa de construcción para la instalación
fotovoltaica «Centauro 1», de 51,725 MW potencia instalada y sus infraestructuras de
evacuación, en el término municipal de Villalar de los Comuneros, en la provincia de
Valladolid.
Las infraestructuras contenidas en el expediente SGEE/PFot-152 cuentan con
autorización, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y
Minas, de 13 de marzo de 2023, por la que se otorga a Azucena New Energy, SL
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica «Tordesillas Solar PV»
con una potencia instalada de 269,8 MW y sus infraestructuras de evacuación, en los
términos municipales San Román de Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los
Comuneros, Bercero, Torrecilla de la Abadesa y Tordesillas, en la provincia de Valladolid,
así como Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 17 de
enero de 2024, por la que se otorga a Azucena New Energy SL, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación
fotovoltaica «Tordesillas Solar PV», de 286,910 MW de potencia instalada, 299,994 MW
de potencia pico y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de San
Román de Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los Comuneros, Bercero, Torrecilla de la
Abadesa y Tordesillas, en la provincia de Valladolid.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, firmadas con fechas 9 de marzo de 2023 y 13 de marzo
de 2023, declaraciones responsables que acreditan el cumplimiento de la normativa que
le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor
ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el
correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el día 20 de
abril de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
cve: BOE-A-2024-2749
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 38
Martes 13 de febrero de 2024
Sec. III. Pág. 17181
Minas, de 18 de abril de 2023, por la que se otorga a Azor Power, SL autorización
administrativa previa para la instalación fotovoltaica «Centauro 1», de 51,725 MW de
potencia instalada y sus infraestructuras de evacuación, en el término municipal de
Villalar de los Comuneros, en la provincia de Valladolid, así como Resolución de la
Dirección General de Política Energética y Minas, de 17 de enero de 2024, por la que se
otorga a Azor Power, SL autorización administrativa de construcción para la instalación
fotovoltaica «Centauro 1», de 51,725 MW potencia instalada y sus infraestructuras de
evacuación, en el término municipal de Villalar de los Comuneros, en la provincia de
Valladolid.
Las infraestructuras contenidas en el expediente SGEE/PFot-152 cuentan con
autorización, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y
Minas, de 13 de marzo de 2023, por la que se otorga a Azucena New Energy, SL
autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica «Tordesillas Solar PV»
con una potencia instalada de 269,8 MW y sus infraestructuras de evacuación, en los
términos municipales San Román de Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los
Comuneros, Bercero, Torrecilla de la Abadesa y Tordesillas, en la provincia de Valladolid,
así como Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 17 de
enero de 2024, por la que se otorga a Azucena New Energy SL, autorización
administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación
fotovoltaica «Tordesillas Solar PV», de 286,910 MW de potencia instalada, 299,994 MW
de potencia pico y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de San
Román de Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los Comuneros, Bercero, Torrecilla de la
Abadesa y Tordesillas, en la provincia de Valladolid.
Considerando que, en virtud del artículo 53.1 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
la autorización administrativa de construcción permite al titular realizar la construcción de
la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
El promotor suscribe, firmadas con fechas 9 de marzo de 2023 y 13 de marzo
de 2023, declaraciones responsables que acreditan el cumplimiento de la normativa que
le es de aplicación.
La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa
empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía
eléctrica. En virtud del artículo 53.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, el promotor
ha acreditado su capacidad legal, técnica y económico-financiera para la realización del
proyecto. A tal fin, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia emitió el
correspondiente informe teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 127.6 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, aprobado en su sesión celebrada el día 20 de
abril de 2023.
De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de
esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha
respondido al mismo con alegaciones, que han sido analizadas e incorporadas en la
resolución.
Tomando en consideración los principios de celeridad y economía procesal que debe
regir la actividad de la administración, resulta procedente resolver por medio de un único
acto la solicitud del peticionario, relativa a la concesión de autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción del proyecto.
Estas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y
autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio
ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables,
así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para
la ejecución de la obra.
cve: BOE-A-2024-2749
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Núm. 38