III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2748)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Elawan Energy Tordesillas 1, SL, autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica "Elawan Tordesillas I", de 50,067 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Villalar de los Comuneros (Valladolid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 13 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 17174

El objeto del proyecto es la construcción de una instalación fotovoltaica para la
generación de energía eléctrica y la evacuación de dicha energía a la red.
Las características principales de la planta fotovoltaica son las siguientes:
– Tipo de tecnología: Solar fotovoltaica.
– Potencia instalada, de conformidad con la Disposición transitoria quinta del Real
Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre: 50,067 MW.
– Número y tipo de módulos: 92.716 módulos monocristalinos de 540 Wp del
fabricante Longi.
– Potencia total de módulos: 50,067 MWp.
– Número y tipo de inversores: catorce inversores del fabricante Power Electronics,
trece de ellos modelo HEMK 660V FS3510K, con potencia unitaria de 3.630 kVA, y un
inversor modelo HEMK 660V FS2340K, con potencia unitaria de 2.420 kVA.
– Potencia total de inversores: 49,61 MW.
– Capacidad de acceso, según lo estipulado en los permisos de acceso y conexión,
otorgados por Red Eléctrica de España, SAU: 41,9 MW.
– Tipo de soporte: seguidor a un eje.
– Centros de transformación: ocho centros de transformación, de los cuales, seis
provistos de dos transformadores de 3.630 kVA, de potencia nominal, uno provisto de un
transformador de 3.630 kVA, y otro, provisto de un transformador de 2.420 kVA.
– Término municipal afectado: Villalar de los Comuneros, en la provincia de Valladolid.
Las infraestructuras de evacuación autorizadas se componen de:
– Líneas subterráneas a 30 kV, que tienen como origen los centros de
transformación de la instalación de la planta fotovoltaica Elawan Tordesillas I,
discurriendo hasta las celdas ubicadas en el centro de seccionamiento de la planta
fotovoltaica y desde ahí un circuito de línea subterránea hasta la subestación eléctrica
«SET Colectora Central 132/30 kV», objeto de otro expediente.
El resto de la infraestructura de evacuación, hasta la conexión con la red de
transporte, queda fuera del alcance de la presente resolución, cuenta con autorización
administrativa de construcción otorgada mediante:
– Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 17 de enero
de 2024, por la que se otorga a Azor Power, SL, autorización administrativa de
construcción para la instalación fotovoltaica «Centauro 1», de 51,725 MW potencia
instalada y sus infraestructuras de evacuación, en el término municipal de Villalar de los
Comuneros, en la provincia de Valladolid.
– Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 17 de enero
de 2024, por la que se otorga a Azucena New Energy, SL, autorización administrativa
previa y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica
«Tordesillas Solar PV», de 286,910 MW de potencia instalada, 299,994 MW de potencia
pico y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de San Román de
Hornija, Pedrosa del Rey, Villalar de los Comuneros, Bercero, Torrecilla de la Abadesa y
Tordesillas, en la provincia de Valladolid.
El promotor deberá cumplir las condiciones aceptadas durante la tramitación, así
como las condiciones impuestas en la citada Declaración de Impacto Ambiental de la
Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.
Asimismo, deberá cumplir las normas técnicas y procedimientos de operación que
establezca el Operador del Sistema.
Esta autorización se concede sin perjuicio de cualesquiera concesiones y
autorizaciones que sean necesarias de acuerdo con otras disposiciones que resulten
aplicables, en especial, las relativas a ordenación del territorio y medio ambiente, así
como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la
ejecución de la obra.

cve: BOE-A-2024-2748
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Núm. 38