III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Deuda del Estado. (BOE-A-2024-2755)
Orden ECM/112/2024, de 7 de febrero, por la que se autoriza la segregación y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Martes 13 de febrero de 2024
Sec. III. Pág. 17223
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
2755
Orden ECM/112/2024, de 7 de febrero, por la que se autoriza la segregación
y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los
artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la
separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la reconstitución
de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en la actual Secretaría
General del Tesoro y Financiación Internacional en virtud del apartado a) del artículo 8 de
la Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre, sobre fijación de límites para la administración
de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
– La Obligación a diez años de cupón 3,55 % y vencimiento 31 de octubre de 2033,
fue emitido en junio de 2023 y pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2023, que por
motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable. Además, cuenta
con un saldo igual o superior a los 5.000 millones de euros, que se considera suficiente
para garantizar su liquidez.
Por lo que antecede, en uso de las citadas competencias, dispongo:
1. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación
a diez años de cupón 3,55 % y vencimiento 31 de octubre de 2033.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-2755
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de febrero de 2024.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P. D.
(ETD/1218/2021, de 25 de octubre), la Secretaria General del Tesoro y Financiación
Internacional, P. D, de firma. (Resolución de 25 de noviembre de 2021), la Subdirectora
General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 38
Martes 13 de febrero de 2024
Sec. III. Pág. 17223
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
2755
Orden ECM/112/2024, de 7 de febrero, por la que se autoriza la segregación
y reconstitución de determinados Bonos y Obligaciones del Estado.
La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, señala en los
artículos 98 y 99 que corresponde al Ministro de Economía la facultad de autorizar la
separación de cupones y principal a efectos de su negociación, así como la reconstitución
de valores a partir de aquellos. Dicha facultad ha sido delegada en la actual Secretaría
General del Tesoro y Financiación Internacional en virtud del apartado a) del artículo 8 de
la Orden ETD/1218/2021, de 25 de octubre, sobre fijación de límites para la administración
de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
– La Obligación a diez años de cupón 3,55 % y vencimiento 31 de octubre de 2033,
fue emitido en junio de 2023 y pagó un primer cupón el 31 de octubre de 2023, que por
motivos técnicos es una medida necesaria para declararlo segregable. Además, cuenta
con un saldo igual o superior a los 5.000 millones de euros, que se considera suficiente
para garantizar su liquidez.
Por lo que antecede, en uso de las citadas competencias, dispongo:
1. Autorizar las operaciones de segregación y reconstitución sobre la Obligación
a diez años de cupón 3,55 % y vencimiento 31 de octubre de 2033.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
cve: BOE-A-2024-2755
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 7 de febrero de 2024.–El Ministro de Economía, Comercio y Empresa, P. D.
(ETD/1218/2021, de 25 de octubre), la Secretaria General del Tesoro y Financiación
Internacional, P. D, de firma. (Resolución de 25 de noviembre de 2021), la Subdirectora
General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X