I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Procedimientos de recaudación. (BOE-A-2024-2528)
Resolución de 5 de febrero de 2024, conjunta de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las condiciones para el envío centralizado de las deudas no tributarias gestionadas por Departamentos Ministeriales que constituyen recursos del presupuesto del Estado para su gestión recaudatoria, para los intercambios de información que se deriven de dicha gestión y demás aspectos relativos a la recaudación en vía ejecutiva de dichas deudas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 15826

Importante:
El fichero será rechazado en su totalidad si contiene caracteres extraños en algún
campo de cualquiera de los registros o si el orden de los Tipos de Registro es erróneo en
alguna liquidación.
ANEXO II
Fichero de información de resultados del proceso de validación de envíos
de deudas para su incorporación a la vía de apremio
Registro de respuesta
En el fichero de respuesta, a todos los registros del envío, se les añade, tras las 312
posiciones originales, 38 posiciones más, resultando un registro de 350 posiciones en
total. El formato de la respuesta será:
Posición

Longitud

1 - 312

312

Tipo

Descripción del campo

Registro original enviado: 0, 1, 2, 3, 4, 5
– Para Registro Tipo 0. Indicador de aceptación del envío:
SI: Envío ACEPTADO.
NO: Envío RECHAZADO.
– Para Registro Tipo 1: Indicador de aceptación de la liquidación/deuda:
NN: Liquidación ACEPTADA. Valor (01-56: Delegación de destino).
Blancos: Liquidación RECHAZADA (Rechazo de todos los registros que dependen de él).
– Para Registros Tipo 2, 3,4 y 5: blancos.

313 - 314

2

Alf.

315 - 319

5

Núm.

Código del primer error encontrado.

320 - 321

2

Núm.

Código de campo de respuesta del primer error encontrado.

322 - 326

5

Núm.

Código del segundo error encontrado.

327 - 328

2

Núm.

Código de campo de respuesta del segundo error encontrado.

329 - 333

5

Núm.

Código del tercer error encontrado.

334 - 335

2

Núm.

Código de campo de respuesta del tercer error encontrado.

336 - 340

5

Núm.

Código del cuarto error encontrado.

341 - 342

2

Núm.

Código de campo de respuesta del cuarto error encontrado.

343 - 347

5

Núm.

Código del quinto error encontrado.

348 - 349

2

Núm.

Código de campo de respuesta del quinto error encontrado.

350 - 350

1

Alf.

Indicador de existencia de más errores. Valores:
X: Existen más errores.
Blanco: No existen más errores.

Si el fichero ha sido rechazado en su totalidad (posiciones 313-314 de registro de
respuesta = NO) se puede reutilizar el mismo Año y número de envío (AANNN).
Nota: En el fichero de respuesta, para posibles errores en datos del Registro Tipo 1,
se crean dos códigos de campos calculados. Uno para la delegación del domicilio fiscal
del deudor (98) y otro para el importe pendiente de la liquidación (99).

cve: BOE-A-2024-2528
Verificable en https://www.boe.es

Importante: