III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2024-2620)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de La Rioja, para la realización de prácticas externas por parte de los estudiantes de grado y máster en la Delegación del Gobierno en La Rioja.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 16154

conformidad con la delegación de competencias realizada por el Rector de la Universidad
de La Rioja por Resolución 76/2022, de 26 de enero, por la que se delegan competencias
en los miembros del Equipo Rectoral (BOR núm. 23, de 3 de febrero de 2022).
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente
convenio y en su virtud,
EXPONEN
Que con fecha 14 de diciembre de 2020 fue suscrito un convenio entre la Administración
General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Universidad de La Rioja, al amparo
de lo establecido en el capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Dicho convenio se suscribió para la realización de prácticas académicas externas,
curriculares, en la Delegación del Gobierno en La Rioja por parte de los estudiantes que
cursen estudios oficiales de grado/máster en dicha Universidad, que permitan completar sus
estudios universitarios, para una futura incorporación al mundo laboral.
Considerando que el citado convenio inició sus efectos con su inscripción en fecha 8 de
enero de 2021 en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación
del sector público estatal (REOICO), siendo su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» el 28 de enero de 2021 y que de acuerdo con su cláusula decimoquinta se suscribió
con una duración inicial de cuatro años, a la fecha de firma del presente documento de
adenda el convenio se encuentra plenamente vigente y desplegando sus efectos.
En consecuencia ambas partes acuerdan:
Primero.
La letra e) de la cláusula séptima incorpora esta nueva redacción: «e) Cumplir con
todas las obligaciones en materia de Seguridad Social que la normativa vigente
establece respecto de los estudiantes participantes en las prácticas.»
Segundo.
El párrafo tercero de la cláusula octava incorpora esta nueva redacción: «Resultarán
de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en materia de Seguridad
Social que deriven de la disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
General de la Seguridad Social, pactándose expresamente que el cumplimiento de todas
las obligaciones en materia de Seguridad Social respecto de los estudiantes en prácticas
corresponden a la Universidad –y no a la Administración General del Estado–».
Tercero.
Las restantes cláusulas del convenio mantienen su validez.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda al citado convenio resultará eficaz con
su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, fecha en que comenzará a computarse su
duración. Asimismo será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda al
convenio, entendiéndose como fecha de firma la del último de los firmantes.–Por el
Ministerio de Política Territorial, el Director General de la Administración General del Estado
en el Territorio, Agustín Torres Herrero.–Por la Universidad de La Rioja, la Vicerrectora de
Estudiantes y Extensión Universitaria, María de los Ángeles Martinez Calvo.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Cuarto.