III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Convenios. (BOE-A-2024-2647)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica el Convenio con la Agrupación de Entidades formada por la Asociación de Expertos Nacionales de la Abogacía TIC, la Fundación Empresa, Seguridad y Sociedad, el Consejo General de la Abogacía Española, la Asociación para el Fomento de la Seguridad de la Información, la Federación de Asociaciones para la Calidad de Medios y el Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles en España, para impulsar la implementación de la carta de derechos digitales en el ámbito de los derechos de libertad, protección y seguridad en el mundo digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 16370

igualdad y estabilidad, y que las estructuras, instituciones y procesos que rigen nuestro
uso de la tecnología y los datos sean abiertos, transparentes e inclusivos. Las acciones a
realizar se concretan, entre otras, en líneas de estudio y observación de la realidad
tecnológica desde la perspectiva humanista en sus diferentes ámbitos.
Para financiar, entre otras, las acciones a realizar mediante la Invitación lanzada por
Red.es (C046/22-OT), la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2021, introdujo la aplicación presupuestaria nominativa a favor de
Red.es 27.50.460A.74009: «A Red.es para el fomento de los Derechos Digitales y del
humanismo tecnológico y cultura digital», con cuyo importe se van a financiar las
obligaciones de la entidad pública empresarial derivadas de las acciones derivadas de la
Invitación, y por tanto de este convenio.
Que, a tal efecto las partes suscriben el presente convenio con arreglo a las
siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto del convenio es impulsar la implementación de la Carta de Derechos
Digitales en el ámbito de los Derechos de Libertad, Protección y Seguridad en el Mundo
Digital, desarrollando las propuestas de medidas legislativas y no legislativas teniendo en
consideración el marco legislativo actual, las actuaciones puestas en marcha por
organizaciones públicas y privadas, las demandas de las partes interesadas, y las
recomendaciones de organismos nacionales e internacionales. Este ámbito abarca
aquellos derechos relacionados con la privacidad, la protección de datos, la identidad
digital, el pseudonimato, la no localización ni perfilado, la herencia digital, y aquellos
destinados a promover un entorno digital protegido y seguro (protección de las personas
menores y ciberseguridad).
Segunda.

Actuaciones.

En el marco de este convenio se llevarán a cabo una serie de actuaciones (en
adelante, «las actuaciones») para conseguir los objetivos definidos en los siguientes
apartados en el ámbito de los Derechos de Libertad, Protección y Seguridad en el Mundo
Digital.
Partiendo de la propuesta presentada por el Grupo de Entidades por la que han sido
seleccionadas para la ejecución de este convenio en base a lo dispuesto en la
Invitación C046/22-OT, las actuaciones que se van a realizar son:

a) Identificar en el ámbito nacional e internacional los principales agentes públicos,
agentes sociales y agentes privados interesados.
b) Establecer contactos con sus representantes para conseguir su compromiso
respecto a la protección de los menores en el ámbito digital.
c) Elaborar un Plan Institucional e informes periódicos de su ejecución.
2. Objetivo 2: Establecer relaciones con las instituciones y entidades
representantes de las partes interesadas en el ámbito de soluciones tecnológicas para la
identidad digital segura. Entre otras actuaciones, se contemplan las siguientes:
a) Identificar en el ámbito nacional e internacional los principales agentes públicos,
agentes sociales y agentes privados interesados en el desarrollo de soluciones
tecnológicas adecuadas para la identidad digital segura.

cve: BOE-A-2024-2647
Verificable en https://www.boe.es

1. Objetivo 1: Construir una amplia red de contactos con personas expertas y
partes interesadas para el desarrollo de la Carta de Derechos Digitales. Entre otras
actuaciones, se contemplan las siguientes: